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Mujeres jóvenes, principales víctimas de ciberacoso

Mujeres jóvenes, principales víctimas de ciberacoso
Educación digital ayuda a prevenir violencia

Publicación:04-03-2021

TEMA: #UANL  

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Revela INEGI que las mujeres en el país sufren violencia a través de insinuaciones o propuestas sexuales.

Así como contacto con identidades falsas, mensajes ofensivos, recepción de contenido sexual y provocaciones.

En México, existen 74 millones de usuarios de internet, de los cuales 17.7 millones de personas de 12 años o más han sido víctimas de ciberacoso, siendo el 53.1 por ciento mujeres, de acuerdo con cifras de 2019 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Las mujeres jóvenes viven más violencia digital que los hombres, sobre todo las que tienen de 12 a 19 años (32.7% contra 28.1%) y, particularmente, en el grupo de 20 a 39 años (36.4% contra 27.1%).

“El uso de las redes sociales no solo tiene implicaciones comunicativas, sino que también influye en las relaciones que se establecen vinculadas al género, a la sexualidad y a la identidad”, expone la investigadora de la Universidad Autónoma de Nuevo León Myrna Elia García Barrera.

“A través de su uso podemos comprobar cómo se desarrollan mecanismos de control de la pareja que pasan desapercibidos entre adolescentes y que, incluso, son considerados una muestra de amor”.

Myrna Elia García Barrera-  Investigadora de la UANL

Entre las acciones que se presentan en la violencia digital están los actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de datos apócrifos, mensajes de odio, difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotografías, videos y/o asuntos personales u otras impresiones gráficas o sonoras.

De acuerdo con datos del 2019 del INEGI, en el país este tipo de violencia en las mujeres se manifestó principalmente de cinco maneras:

-insinuaciones o propuestas sexuales

-contacto con identidades falsas

-mensajes ofensivos

-recepción de contenido sexual

-provocaciones para una reacción de forma negativa

Efectos de la violencia digital

-Aislamiento, rechazo en el contexto social, miedo, desadaptación social, síndrome de persecución, traumas, desesperación crítica que puede inducir a una persona a la depresión, la baja autoestima, a desequilibrios físicos y emocionales y, en algunos casos, empujarla al suicidio.

-Lesiones en el cuerpo, mutilaciones, ansiedad, nervios crónicos, impacto en la salud, tristeza, depresión, ansiedad, sentimiento de culpa, pérdida del apetito, angustia.

-Muchas de las sobrevivientes de violencia digital se enfrentan a la violación de sus derechos humanos, son orilladas al abandono del espacio digital y las consecuencias afectan sus entornos como la escuela, la familia, el trabajo o sus relaciones públicas.

Educación digital ayuda a prevenir violencia

Para la también profesora de la Facultad de Derecho y Criminología de la UANL, la educación digital sería de gran ayuda para la prevención de la violencia en línea.

En este contexto debe ir la actualización de información respecto a la posmodernidad y el correcto uso de espacios digitales y tecnologías, así como la garantía de los derechos en internet.

“Existe evidencia que sugiere que el bagaje social que carga nuestra vida real, particularmente en cuanto a género, persiste en los entornos virtuales. Los estereotipos sexistas sobre mujeres no desaparecen en el ámbito del mundo virtual”, señala la investigadora.  

“Para erradicar los estereotipos sexistas en este entorno se requiere de igualdad en las tecnologías de la información, es decir, educación digital en el hogar y empleos de futuro sin roles de género”.

Myrna Elia García Barrera

Por ello, es importante que la educación digital hoy sea parte de la formación de alumnas y alumnos, profesoras y profesores, madres y padres de familia, servidoras y servidores públicos, entre otros.

Lo que debes saber del tema

En México, el 26 de noviembre de 2019, la Cámara de Diputados reformó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, incorporando la violencia digital como un tipo de agresión contra las mujeres.  

El 5 de noviembre de 2020, el Senado de la República reformó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal Federal, a fin de incluir a la violencia mediática como una modalidad de las agresiones por razones de género.

La reforma indica que el contenido digital puede ser verdadero o alterado y se difunde a través de las tecnologías de la información y la comunicación, plataformas de internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones o cualquier otro espacio digital y atentar contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada o vulnera algún derecho de las mujeres. Con esta modificación la violencia digital es un tipo de agresión. 

Anteriormente, en la ley se reconocían cuatro tipos de violencia: física, patrimonial, económica y sexual.

En el caso del Código Penal del Estado de Nuevo León, se equipará al delito contra la intimidad personal y se sancionará como tal en estos casos:  

1- El registro o toma de imágenes, audios o videos íntimos de contenido erótico, sexual o pornográfico de una persona sin su consentimiento. No se actualizará este supuesto cuando el sujeto activo justifique que el registro fue meramente casual o automático.

2- La revelación, difusión o exhibición ante dos o más personas de imágenes, audios o videos íntimos, de contenido erótico, sexual o pornográfico de una persona sin su consentimiento.

3- La publicación y la comercialización de imágenes, audios o videos íntimos de contenido erótico, sexual o pornográfico de una persona sin su consentimiento.

A quien cometa este delito, se le impondrá una pena de seis meses a cuatro años de prisión y multa de ochocientas a dos mil cuotas.

La pena se aumentará hasta en una mitad, cuando las imágenes, audio o videos de contenido erótico, sexual o pornográfico hayan sido obtenidos cuando la víctima fuese menor de 18 años de edad, o bien, cuando no tenga la capacidad de comprender el carácter erótico, sexual o pornográfico del hecho que constituye el contenido revelado, difundido, publicado o exhibido.



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