Banner Edicion Impresa

Nacional Estados


Tribunal ordena 'paralizar' obras del Tren Maya Tramo 5

Tribunal ordena paralizar obras del Tren Maya Tramo 5
Tren Maya.

Publicación:16-02-2024
++--

El Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Decimocuarto Circuito, radicado en Mérida, Yucatán.

El Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Decimocuarto Circuito, radicado en Mérida, Yucatán, concedió la suspensión definitiva para efecto de "paralizar" las obras del Tren Maya en el Tramo 5 Sur, que va de Playa del Carmen a Tulum.

La determinación, que data del 21 de diciembre del 2023 y cuya versión pública se liberó en enero de 2024, ordena frenar las obras en tanto el gobierno federal demuestre ante el Juzgado 1 de Distrito, radicado en Mérida, Yucatán, que elaboró todos los estudios geológicos, geofísicos y geohidrológicos que la Semarnat impuso al Fonatur, como condicionantes para autorizar el megaproyecto, en junio del año del 2022.

Los resultados de esos estudios deben exhibirse al juzgador, junto con un pronunciamiento previo de la autoridad ambiental sobre los mismos y su incidencia en la ejecución del proyecto. También deben presentarse bitácoras, memorias de construcción y todos los registros con los que se cuenten acerca de los cenotes, cavernas y cuevas dentro del Tramo 5 Sur; las medidas de prevención y protección adoptadas para evitar la contaminación del agua subterránea en el trazo.

El Juzgado debe ser informado de los probables derrumbes, socavones y otras incidencias que hayan ocurrido en el Tramo 5 Sur y de las acciones que se aplicaron para atenderlas, se lee en la sentencia.

Sin embargo, pese a lo instruido por el Tribunal, los trabajos han continuado, así como sus impactos en el acuífero a través del hincado de pilotes, los rellenos hechos como parte de esas obras y los derrames de cemento que alcanzan ya las cristalinas aguas que se intercomunican entre los sistemas de cavernas por donde corren los ríos subterráneos más grandes del mundo en el trazo.

La sentencia es inapelable, pero falta que se resuelva el fondo del asunto. Tampoco se fijó garantía para conceder el freno de las obras, pues ello constituiría un "obstáculo financiero para la justiciabilidad del derecho al medio ambiente" y, de no otorgarse, "permitiría la ejecución de actos susceptibles de acarrear un daño indebido a la integridad del agua".

Pese a ello los trabajos y los impactos continúan, de acuerdo con lo que se sigue documentando en las cavernas, en donde se observa el relleno con cemento y su derrame estas cuevas, lo mismo que el efecto corrosivo de los pilotes ya hincados, atravesando estos espacios.

Su origen es un amparo en revisión y atiende a tres jurisprudencias emitidas por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), publicadas el ocho de diciembre del 2023, que establecen obligaciones específicas para los tribunales del país en materia ambiental.



« El Porvenir »