Legal General
10 años de cárcel para quien filtre imágenes de feminicidios
Publicación:12-04-2021
TEMA: #Legal
Respetar confidencialidad en la investigación y proteger la dignidad de las víctimas, objetivo de la senadora López Hernández.
La senadora Ruth Alejandra López Hernández propuso reformar el Código Penal Federal para aplicar de cuatro a 10 años de prisión a quien filtre imágenes, audios o documentos relacionados con los hallazgos de un hecho delictivo, así como a quien las difunda, publique o comercialice.
En una iniciativa que se analizará en las comisiones unidas de Justicia, Para la Igualdad de Género, y de Estudios Legislativos, la legisladora de Movimiento Ciudadano sugirió que cuando se trate de feminicidio, la sanción por la filtración, difusión o publicación de la información se incremente en una tercera parte.
López Hernández indicó que con esta propuesta no sólo se busca que prevalezca y respete el principio de confidencialidad en toda investigación, sino proteger y garantizar la dignidad de las víctimas.
Lamentablemente los feminicidios y homicidios dolosos en contra de mujeres han abierto otro frente: la filtración de imágenes de aquellas que fueron asesinadas. Este tipo de prácticas, consideró la senadora, violenta los derechos y dignidad de las víctimas, además de fomentar la revictimización.
Recientemente la Ciudad de México, a través de su Poder Legislativo, aprobó la denominada “Ley Ingrid”, con la finalidad de sancionar a aquellos servidores públicos que difundan imágenes de víctimas.
Esta legislación tuvo origen por el lamentable feminicidio de Ingrid Escamilla Vargas, caso donde la información confidencial y reservada de la investigación no fue protegida y se filtró en distintos medios de comunicación.
Esa acción, aunada a la brutalidad de lo sucedido, generó una indignación y reclamo en la sociedad, ya que la difusión de imágenes únicamente atentaba contra la dignidad de la víctima.
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