banner edicion impresa

Opinión Editorial


NL, punta de lanza en la educación


Publicación:22-06-2021
version androidversion iphone

++--

La participación ciudadana es la mejor herramienta del Congreso del Estado para elaborar leyes

     Quienes integramos la Comisión de Educación, Cultura y Deporte de la Septuagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado de Nuevo León, como defensores del interés superior de las niñas, niños y adolescentes, hemos buscando siempre hacer realidad su derecho a una educación de calidad, que garantice adquirir los conocimientos necesarios e innovadores, así como la formación de valores y habilidades para alcanzar su potencial al máximo e integrarse a la sociedad y desempeñarse exitosamente en la vida.

     

     Para tal efecto, en mi calidad de Presidenta de la Comisión me permito informar que en el proceso de elaboración de la nueva Ley de Educación del Estado se han ponderado los consensos con diputados de los diferentes grupos legislativos y directores jurídicos de la Secretaría General de Gobierno y de la Secretaría de Educación. Asimismo, los puentes de comunicación con la ciudadanía organizada a través de uniones de familias, colegios de abogados, agrupaciones civiles, gremios de las secciones 21 y 50 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación y, sobre todo, con maestras y maestros.

     

     A la fecha hemos convocado a tres mesas de trabajo en forma plural, amplia, incluyente y transparente, para consultar a involucrados e interesados en el campo de la educación. Como resultado podemos decir que tenemos un sólido y nutrido Anteproyecto de Ley, para dar cumplimiento al mandato del Congreso de la Unión de armonizar nuestro marco legal educativo con la Ley General de Educación, promulgada el 30 de septiembre del 2019.

     

     La primera mesa de trabajo se llevó a cabo el 5 de noviembre de 2020, la segunda el 18 de marzo de 2021 y la tercera el pasado el 17 de junio. De la amplitud de la Ley podemos referir las siguientes observaciones recibidas:

     

     Todos los artículos donde se hace mención a los padres de familia se adaptan a los términos de la Ley que Crea la Escuela para Padres, Madres o quienes ejerzan la Tutela, Guarda o Custodia. De igual manera, la educación inicial se precisa que será a partir de los 45 días de nacido a los 3 años de edad.

     

     En el Artículo 1 se añade un párrafo para que el Estado priorice el interés superior de la niñez en su derecho a la educación, garantizando el desarrollo de políticas públicas y programas que hagan efectivo este principio constitucional. 

     

     En el artículo 7 se redefinen los conceptos de acoso escolar, de sistema educativo estatal, de persona con aptitudes sobresalientes, de persona con discapacidad, de persona superdotada y talento extraordinario, cuyos profesores -así se dispone- deberán de estar plenamente capacitados en razón de las necesidades y condiciones que los educandos requieran.

     

     En el artículo 17 se agregan fracciones relacionadas con promover el valor de la justicia; fomentar el uso adecuado y responsable de las tecnologías de la información y de la comunicación; inculcar conceptos y principios de la ciencia ambiental, del desarrollo sustentable y del cambio climático y, contribuir a que se garanticen los derechos de la niñez y de la juventud.

     

     En el artículo 26 se establece que la educación se organizará en tipos, niveles, modalidades y opciones educativas, motivo por el cual se incorpora la modalidad de clases a distancia o virtuales, que la Autoridad Educativa determinará ya sea por emergencia sanitaria o desastre natural.

     

     Además de crearse capítulos relativos a las asociaciones de familias y a la educación impartida por particulares, de las últimas observaciones recibidas en la tercera mesa de trabajo estamos analizando las siguientes: obligar a todas las instituciones educativas federales en territorio estatal a registrar el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE); reconocer la Rectoría del Estado en la administración del sistema educativo sin imposición ideológica del gobierno en turno; definir las figuras del maestro de planta y de maestro auxiliar, así como establecer las categorías docentes (director, subdirector, supervisor, maestro, auxiliar, etc.); eliminar el cobro de cuotas por reinscripción en los colegios particulares; ampliar los programas de prevención y diagnóstico de salud mental; considerar la deficiencia de aprendizaje intelectual y de desarrollo en la educación especial y, revisar que los contenidos de los libros de texto gratuito respeten el proceso evolutivo de niñas y niños.

     

     La participación ciudadana es la mejor herramienta del Congreso del Estado para elaborar leyes. Por ello, agradezco a quienes buscan que Nuevo León siga siendo punta de lanza en el tema educativo y que la nueva Ley de Educación detone la calidad, la pertinencia y la inversión social para consolidar el desarrollo humano y la formación de capital intelectual, ya que las sociedades que no le apuesten a la educación están condenadas a vivir en el rezago.



« Lupita Rodríguez Martínez »