Opinión Columna
Las libertades del animal
Publicación:09-07-2019
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En especial, estamos a favor de introducir en la Ley las cinco libertades del animal; es decir, libre de hambre, sed y desnutrición; libre de miedos y angustia
Una demanda histórica de los grupos civiles protectores y defensores de los animales, es prohibir peleas de gallos, corridas de toros y charreadas, así como evitar el sacrificio inhumano de animales de producción. Lucha que por años ha sido ignorada en Nuevo León, pero que seguirá hasta erradicar este tipo de maltrato y crueldad contra los animales.
Las peleas de gallos y corridas de toros, novillos o becerros, así como las charreadas y el sacrificio de animales de producción son actividades que la Ley de Protección y Bienestar Animal del Estado actualmente mantiene exceptuadas; es decir, están permitidas siempre y cuando se sujeten a las disposiciones legales que expida la autoridad municipal.
Ante la posibilidad de prohibir tales actividades en nuestro Estado, cabe referir la reciente resolución que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió a través de la Primera Sala en la revisión del Juicio de Amparo No. 163/2018, interpuesto por la Comisión Mexicana de Promoción Gallística A.C. y Efraín Rábago Echegoyen del Estado de Veracruz, con el fin de resolver la constitucionalidad y legalidad de las peleas de gallos.
Con fundamento en el Artículo 124 de la Carta Magna, que señala: “Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados o a la Ciudad de México, en los ámbitos de sus respectivas competencias”, la SCJN infiere que todo servidor público está obligado a actuar dentro de los límites de las atribuciones conferidas constitucionalmente, pero tratándose de una Ley basta que el Legislador considere necesario regular jurídicamente determinada actividad para legislar en la materia.
Aunque la SCJN precisa que la protección de los animales no está regulada en la Constitución, ello no supone que constitucionalmente está prohibida, pues no hay ninguna norma en la Constitución que expresamente prohíba al Legislador promulgar medidas para cumplir con este fin. Por ello, la SCJN resolvió que la prohibición de realizar peleas de gallos resulta una medida necesaria para proteger el bienestar animal, toda vez que la conducta prohibida causa daños físicos a los animales que participan en peleas.
Luego entonces, prohibir cualquier práctica que suponga maltrato y sufrimiento innecesario no puede considerarse una expresión cultural amparada por la Constitución ni a primera vista, ni de manera definitiva.
Con base en tal resolución y revisando que en Nuevo León ya se prohibieron las peleas de perros, la chiva colgada, la gallina enterrada, las prácticas de tiro al blanco y el uso de animales en circos y que ahora se busca prohibir el uso de equinos en carretones, creemos que llegó la hora de reformar la Ley para erradicar todo acto de maltrato animal.
Estamos de acuerdo en que Ley de Protección y Bienestar Animal se debe armonizar con las leyes generales y con legislaciones internacionales, a efecto de obtener un cambio social que permita generar una mayor consciencia en torno al cuidado y respeto hacia los animales.
En especial, estamos a favor de introducir en la Ley las cinco libertades del animal; es decir, libre de hambre, sed y desnutrición; libre de miedos y angustias; libre de incomodidades físicas o térmicas; libre de dolor, de lesiones o de enfermedades y, libre para expresar su comportamiento normal.
Asimismo, de crear el Fideicomiso Mixto de Protección Animal con aportaciones por parte del Estado, Municipios, Sociedad Civil y Sector Privado, así como el Registro de Animales y el Consejo Ciudadano de Protección Animal, para ayudar a prevenir cualquier acto de maltrato y crueldad animal y para fortalecer además la cultura de la denuncia.
Sin embargo, hace falta detonar muchos cambios en la sociedad para respetar a los animales, especialmente formar ciudadanos comprometidos con su tenencia y cuidado responsable hasta crear una cultura de protección, ya que en Nuevo por un millón de mascotas que habitan en el mismo número de hogares, dos millones más deambulan por las calles, donde sufren maltrato, abusos y terminan sacrificados en los centros antirrábicos municipales.
Si bien prohibir las peleas de gallos, corridas de toros y charreadas, así como establecer el sacrificio humanitario para animales de producción podría provocar otro veto del Gobernador y que se amparen los grupos promotores por afectar sus intereses económicos, nuestra actual Legislatura del Congreso del Estado tiene la palabra con base en la reciente resolución de la SCJN.
« Redacción »
