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Nacional Ciudad de México


Quitan prisión preventiva a factureros

Quitan prisión preventiva a factureros


Publicación:24-11-2022
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La propuesta para acotar la prisión preventiva oficiosa no alcanzó los votos necesarios por lo que de nueva cuenta fue desechada.

Por mayoría calificada, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma con la que se impuso prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando, defraudación fiscal y falsificación de facturas.

Lo anterior con votos en contra de las ministras Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, respectivamente, y a favor de los otros nueve ministros.

Para la ministra Margarita Ríos Farjat la prisión preventiva debe ser impuesta tras ser analizada oficiosamente en cada caso.

"Me pronuncio para coincidir en que la prisión preventiva, entendida como hasta la fecha, es más punitiva que cautelar. Por eso coincido en que sí se puede interpretar de forma distinta", indicó.

Asimismo, el pleno de la Corte determinó, por mayoría de nueva votos, que estos delitos fiscales no pueden ser catalogados como delincuencia organizada, por lo que no debe aplicarse la prisión preventiva oficiosa, como se estableció en la reforma de 2019.

En su intervención, el ministro Javier Laynez Potisek consideró que incluir a los delitos fiscales entre los que merecen PPO es "un fraude a la Constitución porque el constituyente de manera liberada no incluyó los delitos patrimoniales en 2008 y en 2019 agregó algunos, pero no incluyó los delitos fiscales".

Desecha SCJN dejarla a criterio de jueces

La propuesta para acotar la prisión preventiva oficiosa, no alcanzó la mayoría calificada, por lo que nuevamente fue desechada por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En sesión de este jueves, seis de los 11 ministros se pronunciaron en contra de la propuesta del ministro Luis María Aguilar Morales, por diversas consideraciones jurídicas, entre las que destacan que la interpretaciones que se le pretendía dar al artículo 19, que establece los delitos que ameritan la Prisión Preventiva Oficiosa, va más allá de las facultades que tiene el máximo Tribunal de justicia del país.

Yasmín Esquivel Mossa, Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek, y Arturo Zaldívar se pronunciaron en contra del proyecto de Aguilar Morales.

En tanto que a favor, los ministros Ana Margarita Ríos Farjat, Norma Lucía Piña Hernández, Juan Luis González Alcántara, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Luis María Aguilar, ponente de la propuesta.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf afirmó que no tiene duda de que la prisión preventiva oficiosa, entendida como automática, atenta contra el derecho a la libertad personal y a la presunción de inocencia.

Sin embargo, consideró que acotar esta figura jurídica va más allá de las facultades otorgadas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que anunció que "no es factible adoptar la interpretación que se propone en el proyecto" del ministro Luis María Aguilar, que la medida cautelar se aplique según sea el caso.

"Dicha interpretación es incompatible con los principios del sistema penal acusatorio", mencionó en su intervención ante el pleno.

En su intervención, el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, consideró que hay un choque frontal entre la PPO y el as de derechos del artículo primero constitucional, específicamente en la presunción de inocencia y el derecho a la libertad personal.

"Si esto es así, no se trata, como se dijo la vez pasada, inaplicar la Constitución o de tomar un papel de constituyente que no tenemos, se trata de interpretar entre dos normas constitucionales cuál vamos a preferir y a mí me parece que frente a esta contradicción evidente, tenemos que preferir aquella norma que favorece más a la persona"”.

Al fijar su posición, la ministra Margarita Ríos Farjat señaló que la actual interpretación de la prisión preventiva oficiosa por parte del Estado mexicano ha sido la más cómoda, pero la más restrictiva para las personas imputadas que se encuentra recluidas.

De continuar con esta tónica, Ríos Farjat advirtió que corre el riesgo de que paguen justos por pecadores, lo que cual es admisible y rompe el orden constitucional establecido en el nuevo sistema de justicia penal.

"La interpretación actual ha sido la más funcional para el Estado mexicano, pero hay que reconocerlo: las más restrictiva para las personas imputadas, tampoco podemos decir que se lo merecen porque se trata de asesinos y violadores de menores, por ejemplo, porque eso sería una sentencia anticipada"”.

 

 

 



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