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¿Se retrasó o cancelaron tu vuelo? Profeco te dice tus derechos

Publicación:26-12-2025
TEMA: #Economia
Profeco te dice cuáles son tus derechos en caso de cancelaciones o demoras.
CIUDAD DE MÉXICO, diciembre 26 (EL UNIVERSAL).- Por la Navidad y el Año Nuevo aumentan los desplazamientos de personas a destinos nacionales y extranjeros, sin embargo, puede haber retrasos por fallas técnicas, por situaciones atribuibles al clima, sobreventa de vuelos, entre muchos otros, por lo que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) te dice cuáles son tus derechos
en caso de cancelaciones o demoras.
En caso de retrasos, la Ley de Aviación Civil dice que, si son causas atribuibles a la aerolínea, tales como fallas técnicas, problemas operativos o sobreventa, la línea aérea deberá de responder por esa situación dependiendo del tiempo de la demora, que serán de la siguiente manera:
Una a dos horas: Las personas tienen derecho a alimentos y bebidas no alcohólicas o descuentos en vuelos futuros.
Dos o cuatro horas: Los clientes pueden pedir alimentos, bebidas, acceso a un teléfono para hacer llamadas o una computadora para enviar un correo, así como una compensación parcial mediante vales o reembolsos.
Más de cuatro horas: El usuario tendrá derecho al reembolso total del boleto, así como la tarifa de aeropuerto. Además de la reubicación en otro vuelo sin costo adicional y una compensación económica de mínimo 25% del valor del boleto o trayecto no utilizado.
La legislación también protege a los viajeros en otros casos como:
Cancelación del vuelo, en cuyo caso se deberá reembolsar el importe pagado por el boleto, incluyendo tarifa de aeropuerto, más una compensación económica de mínimo el 25% del valor del boleto o del vuelo no utilizado.
Sobreventa de boletos, ante lo cual se podrá solicitar la reubicación en el vuelo siguiente que esté disponible, sin costo extra alguno y recibir una compensación adicional no menor al 25% del valor del boleto.
La Profeco afirmó que "en caso de que la aerolínea no cumpla con lo establecido las personas pueden acudir a su módulo de atención en el aeropuerto y pedir una explicación sobre la demora o cancelación. Para ello, se aconseja conservar los boletos, recibos y comprobantes de gastos adicionales".
Añadió que las aerolíneas deben de publicar las políticas de compensación en su página web, así como en el portal de Profeco, en el apartado de políticas de aerolíneas profeco.gob.mx/politicasaviacion; o, también, se puede acudir a los mostradores de atención al cliente en aeropuertos, y se sugiera revisar si cuenta con su contrato de adhesión registrado en Profeco.
De no haber solución inmediata, la Profeco atenderá a los afectados en los Teléfonos del Consumidor 55 5568 8722 y 800 468 8722, también en los correos: denunciasprofeco@profeco.gob.mx y asesoría@profeco.gob.mx. O en los módulos de los aeropuertos de Cancún, Ciudad de México, Guadalajara, Guanajuato, Monterrey, Santa Lucía, Tijuana, Toluca y Tulum.
En caso de retrasos, la Ley de Aviación Civil dice que, si son causas atribuibles a la aerolínea, tales como fallas técnicas, problemas operativos o sobreventa, la línea aérea deberá de responder por esa situación dependiendo del tiempo de la demora, que serán de la siguiente manera:
Una a dos horas: Las personas tienen derecho a alimentos y bebidas no alcohólicas o descuentos en vuelos futuros.
Dos o cuatro horas: Los clientes pueden pedir alimentos, bebidas, acceso a un teléfono para hacer llamadas o una computadora para enviar un correo, así como una compensación parcial mediante vales o reembolsos.
Más de cuatro horas: El usuario tendrá derecho al reembolso total del boleto, así como la tarifa de aeropuerto. Además de la reubicación en otro vuelo sin costo adicional y una compensación económica de mínimo 25% del valor del boleto o trayecto no utilizado.
La legislación también protege a los viajeros en otros casos como:
Cancelación del vuelo, en cuyo caso se deberá reembolsar el importe pagado por el boleto, incluyendo tarifa de aeropuerto, más una compensación económica de mínimo el 25% del valor del boleto o del vuelo no utilizado.
Sobreventa de boletos, ante lo cual se podrá solicitar la reubicación en el vuelo siguiente que esté disponible, sin costo extra alguno y recibir una compensación adicional no menor al 25% del valor del boleto.
La Profeco afirmó que "en caso de que la aerolínea no cumpla con lo establecido las personas pueden acudir a su módulo de atención en el aeropuerto y pedir una explicación sobre la demora o cancelación. Para ello, se aconseja conservar los boletos, recibos y comprobantes de gastos adicionales".
Añadió que las aerolíneas deben de publicar las políticas de compensación en su página web, así como en el portal de Profeco, en el apartado de políticas de aerolíneas profeco.gob.mx/politicasaviacion; o, también, se puede acudir a los mostradores de atención al cliente en aeropuertos, y se sugiera revisar si cuenta con su contrato de adhesión registrado en Profeco.
De no haber solución inmediata, la Profeco atenderá a los afectados en los Teléfonos del Consumidor 55 5568 8722 y 800 468 8722, también en los correos: denunciasprofeco@profeco.gob.mx y asesoría@profeco.gob.mx. O en los módulos de los aeropuertos de Cancún, Ciudad de México, Guadalajara, Guanajuato, Monterrey, Santa Lucía, Tijuana, Toluca y Tulum.
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