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Mujeres, las principales víctimas de los "montadeudas": UIF
Publicación:13-01-2024
TEMA: #Economia
Se pondera que el hecho de que muchas mujeres resultaran víctimas de esos delitos devela la desigualdad en el acceso a la educación financiera
CIUDAD DE MÉXICO.- Las mujeres fueron las principales víctimas del delito de fraude
y extorsión de los llamados "montadeudas", señaló la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Así lo pone de manifiesto en el documento sobre la tipología de este delito mediante el cual se hace un recuento del desarrollo y cierre del caso así como de las conclusiones a las que se llegaron en donde miles de personas resultaron defraudadas con préstamos inmediatos con mínimos requisitos y sin consultar el buró de crédito, contratados a través de aplicaciones móviles.
Se pondera que el hecho de que muchas mujeres resultaran víctimas de esos delitos devela la desigualdad en el acceso a la educación financiera y en la brecha para garantizar un ahorro o ingreso suficiente generando la violencia sistémica a la que siguen expuestas.
Durante 2022 se identificaron 11 mil 594 denuncias ciudadanas bajo la modalidad descrita, indican datos del Consejo Ciudadano para la Seguridad Jurídica de la Ciudad de México.
Según el reporte, la UIF incorporó a la Lista de Personas Bloqueadas a 29 sujetos (24 personas morales y 5 personas físicas) y formuló una denuncia en contra de la empresa fachada, el Consejero de Administración y la Apoderada Legal.
Hace ver que la desigualdad, la pobreza, la falta de empleo, la acumulación de deudas, la falta de inclusión financiera y de acceso a créditos formales, el desconocimiento del sector financiero y digital, la dificultad para distinguir entre una empresa fraudulenta y una empresa que opera legalmente, son algunos de los factores que facilitaron la tarea de los "montadeudas".
Al no cumplir con el o los pagos, los usuarios (víctimas) recibían mensajes de intimidación, amenazas de muerte, videos de decapitaciones y torturas, imágenes con sus fotos que incluyen mensajes de desprestigio, acusándolos de estafadores, defraudadores y ofreciendo servicios sexuales a los contactos registrados en su celular.
Estas aplicaciones eran utilizadas por empresas, las cuales se ostentaban como entidades financieras, sin contar con autorización.
También señala la responsabilidad que pudieron tener los sujetos obligados, en este caso los bancos y las instituciones de tecnología financiera (Fintech), por no haber detectado posibles riesgos de sus clientes, dado que los "montadeudas" a través de empresas fachada tenían cuentas en esas entidades y lograron mover tan sólo en un mes 600 millones de pesos.
Los recursos salieron de las cuentas de los bancos a la Fintech, de dónde a través de esta se dispersaban a los usuarios.
No obstante, como parte de las acciones de debida diligencia que realizan a sus clientes, estas instituciones debieron contemplar el uso de bases públicas como el Sistema del Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES) y/o Padrón de Entidades Supervisadas y Buscador de Entidades Autorizadas para Captar (PRES).
Esto lo destaca debido a que se detectó que las 24 empresas se ostentaron a través de diversas redes sociales o utilizaron nombres comerciales como intermediario o entidad financiera por sí o a través de otra persona sin contar con autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para ello.
Dicha situación pudo ser advertida por los sujetos obligados al realizar la debida diligencia de sus clientes, a fin de constatar si estaban autorizados para operar como entidad financiera y/o intermediario, con la consulta de estas bases de datos públicas: el SIPRES y /o PRES.
Otro elemento que resalta la unidad antilavado de la SHCP, es la afectación reputacional y de confianza que sufrieron las instituciones financieras que operan lícitamente en el país a consecuencia de este fenómeno.
Por ello, considera que es importante que banca múltiple e instituciones de tecnología financiera, al hacer la debida identificación de sus clientes, incluyan estas señales de alerta, a fin de evitar que estos esquemas utilicen sus sectores para lavar dinero y generen un riesgo en el sistema financiero nacional.
Así lo pone de manifiesto en el documento sobre la tipología de este delito mediante el cual se hace un recuento del desarrollo y cierre del caso así como de las conclusiones a las que se llegaron en donde miles de personas resultaron defraudadas con préstamos inmediatos con mínimos requisitos y sin consultar el buró de crédito, contratados a través de aplicaciones móviles.
Se pondera que el hecho de que muchas mujeres resultaran víctimas de esos delitos devela la desigualdad en el acceso a la educación financiera y en la brecha para garantizar un ahorro o ingreso suficiente generando la violencia sistémica a la que siguen expuestas.
Durante 2022 se identificaron 11 mil 594 denuncias ciudadanas bajo la modalidad descrita, indican datos del Consejo Ciudadano para la Seguridad Jurídica de la Ciudad de México.
Según el reporte, la UIF incorporó a la Lista de Personas Bloqueadas a 29 sujetos (24 personas morales y 5 personas físicas) y formuló una denuncia en contra de la empresa fachada, el Consejero de Administración y la Apoderada Legal.
Hace ver que la desigualdad, la pobreza, la falta de empleo, la acumulación de deudas, la falta de inclusión financiera y de acceso a créditos formales, el desconocimiento del sector financiero y digital, la dificultad para distinguir entre una empresa fraudulenta y una empresa que opera legalmente, son algunos de los factores que facilitaron la tarea de los "montadeudas".
Al no cumplir con el o los pagos, los usuarios (víctimas) recibían mensajes de intimidación, amenazas de muerte, videos de decapitaciones y torturas, imágenes con sus fotos que incluyen mensajes de desprestigio, acusándolos de estafadores, defraudadores y ofreciendo servicios sexuales a los contactos registrados en su celular.
Estas aplicaciones eran utilizadas por empresas, las cuales se ostentaban como entidades financieras, sin contar con autorización.
También señala la responsabilidad que pudieron tener los sujetos obligados, en este caso los bancos y las instituciones de tecnología financiera (Fintech), por no haber detectado posibles riesgos de sus clientes, dado que los "montadeudas" a través de empresas fachada tenían cuentas en esas entidades y lograron mover tan sólo en un mes 600 millones de pesos.
Los recursos salieron de las cuentas de los bancos a la Fintech, de dónde a través de esta se dispersaban a los usuarios.
No obstante, como parte de las acciones de debida diligencia que realizan a sus clientes, estas instituciones debieron contemplar el uso de bases públicas como el Sistema del Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES) y/o Padrón de Entidades Supervisadas y Buscador de Entidades Autorizadas para Captar (PRES).
Esto lo destaca debido a que se detectó que las 24 empresas se ostentaron a través de diversas redes sociales o utilizaron nombres comerciales como intermediario o entidad financiera por sí o a través de otra persona sin contar con autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para ello.
Dicha situación pudo ser advertida por los sujetos obligados al realizar la debida diligencia de sus clientes, a fin de constatar si estaban autorizados para operar como entidad financiera y/o intermediario, con la consulta de estas bases de datos públicas: el SIPRES y /o PRES.
Otro elemento que resalta la unidad antilavado de la SHCP, es la afectación reputacional y de confianza que sufrieron las instituciones financieras que operan lícitamente en el país a consecuencia de este fenómeno.
Por ello, considera que es importante que banca múltiple e instituciones de tecnología financiera, al hacer la debida identificación de sus clientes, incluyan estas señales de alerta, a fin de evitar que estos esquemas utilicen sus sectores para lavar dinero y generen un riesgo en el sistema financiero nacional.
« El Universal »
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