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Opinión Editorial


En defensa de las organizaciones de la sociedad civil


Publicación:28-10-2021
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La miscelánea fiscal aprobada en la Cámara de Diputados afectará el trabajo y los servicios de cientos de organizaciones de la sociedad civil

La miscelánea fiscal aprobada en la Cámara de Diputados afectará el trabajo y los servicios de cientos de organizaciones de la sociedad civil (OSC). Especialmente de aquellas que realizan tareas de un gran valor social, en el campo asistencial y del desarrollo social, que tanta falta hace ante las carencias de millones de personas. El Senado debe defenderlas y evitar esta agresión.

La miscelánea fiscal debilita a organizaciones que con muchos esfuerzos y siempre con recursos escasos, y muy difíciles de conseguir, permiten que funcionen miles de obras sociales como casas hogar, asilos, hospitales, bancos de alimentos, comedores comunitarios, refugios de migrantes, centros de derechos humanos. También afecta a miles de OSC que promueven el desarrollo comunitario en comunidades indígenas, zonas rurales y barrios marginados. Organizaciones que realizan acciones indispensables: por la nutrición infantil, por la educación de niñas, niños y adolescentes, por la capitación y la empleabilidad de jóvenes, por el empoderamiento y la igualdad sustantiva de las mujeres, por la creación de cooperativas y empresas sociales de pequeños productores del campo, por la inclusión de personas con discapacidad y cientos de "etcéteras", pues la lista es interminable.

No hay justificación. Las OSC que tienen autorización para emitir recibos deducibles de impuestos están sometidas a una fiscalización rigurosa. Y las personas que hacen donativos y reciben recibos deducibles están también fiscalizadas. De hecho, presentan sus declaraciones y deducen hasta el 35% del monto del donativo.

Porque hay que tenerlo claro: los donativos no se deducen al 100% de los impuestos. Un recibo deducible, sea gasto médico o donativo, se resta de los ingresos. Los ingresos menos los gastos de operación y estos gastos llamados "deducciones personales" son la base gravable sobre la que se calcula el impuesto sobre la renta de las personas, que en su tasa más alta representa 35%. El donativo no se resta de impuestos, sino de los ingresos.

Y aún así había un tope aprobado hace dos sexenios, pues solo se puede deducir hasta el 7% de los ingresos. Con esta miscelánea fiscal, se cierra el margen y el monto puede llegar a cero; pues se "juntan" los donativos con el monto máximo deducible por otros gastos "personales", como pago de intereses hipotecarios, gastos médicos o funerarios (¡en plena pandemia!).

El efecto recaudatorio será marginal, el efecto mayor es persecutorio. Para la recaudación, el monto de los donativos deducibles es minúsculo. De hecho, el análisis económico demuestra que en realidad el valor económico del trabajo voluntario de las OSC produce 8 pesos por cada peso a recibido de donativos (datos de INEGI y SAT aportados por Ricardo Bucio, presidente de Cemefi).

El mayor efecto es cultural, es un mensaje negativo sobre la labor de la sociedad civil. Esta medida añade más obstáculos a la creación de una cultura de compromiso social de los sectores que tienen mayores ingresos para que contribuyan con causas de valor social.

Las organizaciones de la sociedad civil (OSC) representan una vía de participación ciudadana en los asuntos públicos. Ejercen derechos constitucionales y producen valor social. Algunas de ellas han sido factor clave para impulsar la democracia y ampliar derechos y libertades. Ponerles obstáculos es antidemocrático.

El incentivo fiscal de las OSC autorizadas proviene del reconocimiento del interés público y del valor social de su labor. El Senado debe aprobar la miscelánea fiscal 2022 sin el cambio al art. 151 de Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Twitter: @rghermosillo



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Rogelio Gómez Hermosillo

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