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Va FGR contra jueza que decretó libertad de 8 militares

Va FGR contra jueza que decretó libertad de 8 militares
La FGR también denunciará a los magistrados Horacio Armando Hernández Orozco, Juan José Olvera López y Francisco Sarabia Ascencio, del primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, por conceder ventajas indebidas.

Publicación:22-01-2024
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La dependencia federal también dio a conocer que denunciará a la jueza del Segundo Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México.

La Fiscalía General de la República (FGR) informó que impugnará la libertad condicional que se le otorgó a ocho militares por la desaparición de los 43 normalistas en Iguala, Guerrero, el 26 y 27 de septiembre de 2014.

En un comunicado, la dependencia federal también dio a conocer que denunciará a la jueza del Segundo Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, Raquel Ivette Duarte Cedillo, por ordenar la libertad condicional de los integrantes de las Fuerzas Armadas.

La juzgadora concedió el cambio de medida cautelar de prisión preventiva oficiosa y la entrega del pasaporte, fianza de 50 mil pesos, no acercarse al lugar de los hechos ni a las familias de las víctimas, y firma periódica en el juzgado. La FGR también denunciará a los magistrados Horacio Armando Hernández Orozco, Juan José Olvera López y Francisco Sarabia Ascencio, del primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, por conceder ventajas indebidas.

La dependencia rechazó de manera tajante la determinación de la jueza y los magistrados, y adelantó que presentará los recursos correspondientes para garantizar los derechos y la seguridad de las víctimas, e iniciará las acciones que señala el artículo 225, fracciones VI, VII y VIII del Código Penal federal.

"Que castigan como delito los hechos cometidos en contra de la administración de justicia, entorpeciendo la misma y concediendo ventajas indebidas a quienes no lo merecen", resaltó la Fiscalía General de la República.

El artículo 225 señala qué son los delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos. La fracción VI dice: "Dictar, a sabiendas, una resolución de fondo o una sentencia definitiva que sean ilícitas por violar algún precepto terminante de la ley o ser contrarias a las actuaciones seguidas en juicio u omitir dictar una resolución de trámite, de fondo o una sentencia definitiva lícita, dentro de los términos dispuestos en la ley.

Mientras que la fracción VII indica: Ejecutar actos o incurrir en omisiones que produzcan un daño o concedan a alguien una ventaja indebida, en tanto que la VIII refiere retardar o entorpecer maliciosamente o por negligencia la administración de justicia.

La FGR detalló que, en una secuela procesal cuestionable para los derechos y para la protección de las víctimas, le fueron concediendo ventajas indebidas a quienes no lo merecen.

Desconocieron las resoluciones de jueces que determinaron prisión preventiva justificada para ocho integrantes de las Fuerzas Armadas, quienes fueron acusados de delitos graves en el caso Ayotzinapa, sostuvo.



« El Universal »