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Revisarán negación de amparo a Roberto Sandoval
Publicación:11-02-2023
TEMA: #Roberto Sandoval
El juez declaró infundados los conceptos de violación manifestados por Sandoval Castañeda
CIUDAD DE MÉXICO.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará el miércoles la resolución en la que un juez negó el amparo
al exgobernador de Nayarit, Roberto Sandoval Castañeda, contra la prisión preventiva justificada que lo mantiene preso por los delitos de ejercicio indebido de funciones, peculado y delitos electorales.
Por medio de su abogado, en julio de 2021, Sandoval Castañeda, acusado por su exsecretario de Seguridad, Edgar Veytia, de tener vínculos con los Beltrán Leyva, en el juicio contra Genaro García Luna, solicitó la protección de la justicia contra la resolución del juez de control del Centro Regional de Justicia Penal, con sede en Tepic, quien determinó imponerle la medida cautelar de prisión justificada por riesgo de sustraerse de la justicia.
El juez declaró infundados los conceptos de violación manifestados por Sandoval Castañeda, consistentes en que la medida viola su derecho humano a la legalidad, presunción de inocencia, seguridad jurídica, libertad y debido proceso.
Por lo que, resolvió que la "medida cautelar de prisión preventiva impuesta a (Roberto Sandoval Castañeda), se encuentra legalmente justificada, y en consecuencia es infundado el concepto de violación que consiste en que el acto reclamado es violatorio del derecho humano a la legalidad, presunción de inocencia, seguridad jurídica, libertad y debido proceso".
Por medio de su abogado, en julio de 2021, Sandoval Castañeda, acusado por su exsecretario de Seguridad, Edgar Veytia, de tener vínculos con los Beltrán Leyva, en el juicio contra Genaro García Luna, solicitó la protección de la justicia contra la resolución del juez de control del Centro Regional de Justicia Penal, con sede en Tepic, quien determinó imponerle la medida cautelar de prisión justificada por riesgo de sustraerse de la justicia.
El juez declaró infundados los conceptos de violación manifestados por Sandoval Castañeda, consistentes en que la medida viola su derecho humano a la legalidad, presunción de inocencia, seguridad jurídica, libertad y debido proceso.
Por lo que, resolvió que la "medida cautelar de prisión preventiva impuesta a (Roberto Sandoval Castañeda), se encuentra legalmente justificada, y en consecuencia es infundado el concepto de violación que consiste en que el acto reclamado es violatorio del derecho humano a la legalidad, presunción de inocencia, seguridad jurídica, libertad y debido proceso".
« El Universal »