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Ratifica TEPJF a Morena negativa para devolver prerrogativas

Ratifica TEPJF a Morena negativa para devolver prerrogativas
México.

Publicación:23-02-2022
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La Sala Superior subrayó que el INE no cuenta con facultades para recibir financiamiento público para actividades ordinarias que ya entregó

CIUDAD DE MÉXICO.-Morena no podrá renunciar y devolver su financiamiento público ordinario, para ser destinado a la compra de vacunas contra el Covid-19. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la negativa del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) a la petición de Morena, de renunciar y devolver su financiamiento público ordinario.

Por unanimidad de votos, la Sala Superior subrayó que el INE no cuenta con facultades para recibir financiamiento público para actividades ordinarias que ya entregó.

Determinó también que el INE tampoco cuenta con las facultades para destinar recursos que reciba de partidos políticos para cualquier finalidad que estos soliciten, por relevante o necesaria que parezca. En ese sentido, permitir que el INE acepte la devolución de las prerrogativas mensuales que se otorga a los partidos políticos podría poner en riesgo el cumplimiento de sus fines.

El pleno de la Sala Superior del TEPJF confirmó la decisión del INE, debido a que no hay justificación legal para atender la petición del partido político recurrente.

Morena ha solicitado en dos ocasiones devolver su financiamiento público. En un primer momento, el partido requirió al INE la cuenta para devolver 200 millones de pesos para que fuesen utilizados para la adquisición de vacunas contra la Covid-19. Posteriormente, y con el mismo fin, Morena pidió al INE retener el 100 por ciento del financiamiento público que le correspondía en el mes de diciembre de 2021.

En ambas ocasiones, el INE respondió negativamente a la petición de Morena. Por una parte, el INE sostuvo que no es posible devolver el monto del financiamiento público asignado ya depositado y, por otra, que antes de que se destinara el dinero a la compra de vacunas, se necesitaba deducir lo correspondiente a las sanciones aplicadas al partido. No obstante, la autoridad electoral administrativa nacional sostuvo que, si el partido político quería aportar para las vacunas, entonces debía sujetarse al procedimiento previsto para ello. El partido político no lo hizo e impugnó la negativa del INE.

En sesión pública por videoconferencia, a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales, el pleno de la Sala Superior confirmó el acuerdo impugnado en lo que fue materia de controversia, pues estimó que la norma constitucional señala que los partidos están obligados a destinar el financiamiento que reciben atendiendo a los fines para los cuales se les entrega.




« El Universal »