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Proponen en el TEPJF consultar a la Corte por el caso Zaldívar
Publicación:23-12-2023
TEMA: #Nacional
Los hechos por los que fue denunciado Zaldívar Lelo de Larrea sucedieron previo a que el Senado de la República aceptara su renuncia al cargo
CIUDAD DE MÉXICO, diciembre 23 (EL UNIVERSAL).- El aún magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Mondragón, propone consultar a la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) para que defina qué autoridad es competente para conocer la denuncia de Xóchitl Gálvez contra Arturo Zaldívar Lelo de Larrea por presunta violación al principio de equidad en la contienda.
Consultados por EL UNIVERSAL, constitucionalistas y expertos dividieron opiniones.
Mientras que algunos consideran que el Tribunal debe asumir la responsabilidad de esta queja sin recurrir a la Suprema Corte, otros piensan que el Máximo Tribunal debe conocer del caso por tratarse presumiblemente de un ministro aún en funciones en su momento.
En su proyecto de resolución sobre el caso, luego de que el exministro impugnó la decisión del INE de admitir la denuncia de la precandidata presidencial opositora, Rodríguez Mondragón expresa que hay dudas sobre cuál es la autoridad competente para procesar y, en su caso, juzgar a ministros o ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por faltas administrativas en materia electoral.
Los hechos por los que fue denunciado Zaldívar Lelo de Larrea sucedieron previo a que el Senado de la República aceptara su renuncia al cargo, lo que sucedió el 15 de noviembre, mientras que las conductas denunciadas presuntamente sucedieron el 7 y 8 de noviembre.
En el proyecto de resolución, que será votado por la Sala Superior en los próximos días, el magistrado presidente propone consultar al Máximo Tribunal del país para que determine si el TEPJF o la SCJN tienen la facultad para juzgar a ministros o ministras por supuestas infracciones en materia electoral.
"Esta Sala Superior considera que los presentes medios de impugnación plantean una duda interpretativa respecto a la competencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación", señala el proyecto, que será sometido a consideración y votación de los magistrados.
Reyes Rodríguez sostiene que este caso plantea la cuestión respecto de si el TEPJF y las autoridades electorales son competentes para procesar y, en su caso, someter a un ministro o ministra de la SCJN a la jurisdicción en un procedimiento administrativo sancionador previsto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El presidente del TEPJF sostiene que los principios de autonomía e independencia de fuente constitucional e internacional que garantizan el actuar del Máximo Tribunal del país implican que ninguna otra autoridad ni dentro ni fuera del Poder Judicial Federal puede someter a responsabilidades administrativas a los integrantes del órgano cúspide, salvo en los casos que las propias normas fundamentales así lo prevean.
"Sostener lo contrario implicaría que otro órgano ajeno al propio órgano cúspide del Poder Judicial tuviera sobre este o sus integrantes facultades de vigilancia o disciplina, lo cual no es una cuestión que esté prevista en el orden jurídico mexicano", argumenta Rodríguez Mondragón.
"Esta Sala Superior considera necesaria la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver esa duda sobre la interpretación de las normas que regulan la competencia sobre las responsabilidades administrativas electorales de integrantes del Máximo Tribunal, ya que implica una duda sobre la interpretación de normas constitucionales sobre las competencias de este tribunal electoral que pueden interferir con las competencias que le corresponden al alto tribunal", indica el proyecto.
Xóchitl Gálvez denunció ante el INE que antes de que fuera aceptada su renuncia como ministro, Arturo Zaldívar apareció en un video junto a Claudia Sheinbaum en el que se da a conocer su incorporación al proyecto de la precandidata presidencial de Morena, lo que a decir de la opositora, representó una supuesta vulneración al principio de equidad en la contienda electoral.
En entrevista con este diario, el abogado constitucionalista Francisco Burgoa considera que no había ninguna necesidad de hacer una consulta, porque al TEPJF es el máximo tribunal en materia electoral.
"¿Quién tiene la verdad en este punto?, la verdad es que es un tema de criterio simplemente. En mi opinión, la Sala Superior pudo haber asumido la responsabilidad de conocer este asunto sin necesidad de que sea la Corte la que esté sancionando, porque estamos hablando de un asunto muy específico en materia electoral, para lo cual sí es competente el Tribunal Electoral. Aquí el tema es que la falta administrativa es en materia electoral", enfatizó.
Por su parte, Leticia Bonifaz, exconsejera jurídica del Gobierno de la Ciudad de México y experta constitucionalista, opinó que el caso le corresponde a la Suprema Corte.
"Todavía era ministro en funciones [Arturo Zaldívar]. Aunque no haya supuesto, es un tema de máxima autonomía de la Suprema Corte", declaró a EL UNIVERSAL.
A su vez, el politólogo Fernando Dworak consideró que en el supuesto que Zaldívar era ministro cuando se cometieron esas faltas, le toca conocer del caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
"Se puede discutir si Zaldívar lo dijo o no en su carácter de ministro, por lo que tendría protección en tal caso", puntualizó.
Consultados por EL UNIVERSAL, constitucionalistas y expertos dividieron opiniones.
Mientras que algunos consideran que el Tribunal debe asumir la responsabilidad de esta queja sin recurrir a la Suprema Corte, otros piensan que el Máximo Tribunal debe conocer del caso por tratarse presumiblemente de un ministro aún en funciones en su momento.
En su proyecto de resolución sobre el caso, luego de que el exministro impugnó la decisión del INE de admitir la denuncia de la precandidata presidencial opositora, Rodríguez Mondragón expresa que hay dudas sobre cuál es la autoridad competente para procesar y, en su caso, juzgar a ministros o ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por faltas administrativas en materia electoral.
Los hechos por los que fue denunciado Zaldívar Lelo de Larrea sucedieron previo a que el Senado de la República aceptara su renuncia al cargo, lo que sucedió el 15 de noviembre, mientras que las conductas denunciadas presuntamente sucedieron el 7 y 8 de noviembre.
En el proyecto de resolución, que será votado por la Sala Superior en los próximos días, el magistrado presidente propone consultar al Máximo Tribunal del país para que determine si el TEPJF o la SCJN tienen la facultad para juzgar a ministros o ministras por supuestas infracciones en materia electoral.
"Esta Sala Superior considera que los presentes medios de impugnación plantean una duda interpretativa respecto a la competencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación", señala el proyecto, que será sometido a consideración y votación de los magistrados.
Reyes Rodríguez sostiene que este caso plantea la cuestión respecto de si el TEPJF y las autoridades electorales son competentes para procesar y, en su caso, someter a un ministro o ministra de la SCJN a la jurisdicción en un procedimiento administrativo sancionador previsto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El presidente del TEPJF sostiene que los principios de autonomía e independencia de fuente constitucional e internacional que garantizan el actuar del Máximo Tribunal del país implican que ninguna otra autoridad ni dentro ni fuera del Poder Judicial Federal puede someter a responsabilidades administrativas a los integrantes del órgano cúspide, salvo en los casos que las propias normas fundamentales así lo prevean.
"Sostener lo contrario implicaría que otro órgano ajeno al propio órgano cúspide del Poder Judicial tuviera sobre este o sus integrantes facultades de vigilancia o disciplina, lo cual no es una cuestión que esté prevista en el orden jurídico mexicano", argumenta Rodríguez Mondragón.
"Esta Sala Superior considera necesaria la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver esa duda sobre la interpretación de las normas que regulan la competencia sobre las responsabilidades administrativas electorales de integrantes del Máximo Tribunal, ya que implica una duda sobre la interpretación de normas constitucionales sobre las competencias de este tribunal electoral que pueden interferir con las competencias que le corresponden al alto tribunal", indica el proyecto.
Xóchitl Gálvez denunció ante el INE que antes de que fuera aceptada su renuncia como ministro, Arturo Zaldívar apareció en un video junto a Claudia Sheinbaum en el que se da a conocer su incorporación al proyecto de la precandidata presidencial de Morena, lo que a decir de la opositora, representó una supuesta vulneración al principio de equidad en la contienda electoral.
En entrevista con este diario, el abogado constitucionalista Francisco Burgoa considera que no había ninguna necesidad de hacer una consulta, porque al TEPJF es el máximo tribunal en materia electoral.
"¿Quién tiene la verdad en este punto?, la verdad es que es un tema de criterio simplemente. En mi opinión, la Sala Superior pudo haber asumido la responsabilidad de conocer este asunto sin necesidad de que sea la Corte la que esté sancionando, porque estamos hablando de un asunto muy específico en materia electoral, para lo cual sí es competente el Tribunal Electoral. Aquí el tema es que la falta administrativa es en materia electoral", enfatizó.
Por su parte, Leticia Bonifaz, exconsejera jurídica del Gobierno de la Ciudad de México y experta constitucionalista, opinó que el caso le corresponde a la Suprema Corte.
"Todavía era ministro en funciones [Arturo Zaldívar]. Aunque no haya supuesto, es un tema de máxima autonomía de la Suprema Corte", declaró a EL UNIVERSAL.
A su vez, el politólogo Fernando Dworak consideró que en el supuesto que Zaldívar era ministro cuando se cometieron esas faltas, le toca conocer del caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
"Se puede discutir si Zaldívar lo dijo o no en su carácter de ministro, por lo que tendría protección en tal caso", puntualizó.
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