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Propone PRI homologar proceso de desafuero
Publicación:17-05-2021
TEMA: #Desafuero
Buscan reformar el 111 constitucional, que conserva el fuero y establece que cualquier acusación contra el Ejecutivo debe pasar y resolverse por el Senado
Legisladores del PRI plantearon una reforma al fuero constitucional para homologar el proceso de retiro de la inmunidad del Presidente de la República con el de otros servidores públicos, es decir, que el mandatario no tenga un procedimiento especial.
Mediante una iniciativa de ley, los diputados Dulce María Sauri Riancho, Mariana Rodríguez, Claudia Pastor Badilla, René Juárez Cisneros y Enrique Ochoa Reza, proponen reformar el artículo 111 de la Constitución, que conserva el fuero y establece que cualquier acusación contra el Ejecutivo Federal debe pasar y resolverse por el Se-nado de la República, con base en la legislación penal aplicable.
“La propuesta se pronuncia por conservar la protección constitucional al cargo de Presidente de la República y en caso de que existan acusaciones por la comisión de actos delictivos, que sea la Cámara de Diputados la que durante la declaratoria de procedencia, resuelva si ha lugar a poner al inculpado ante las autoridades competentes, dando cauce jurídico al mandato constitucional de que en caso de que cometa algún ilícito, pueda ser imputado y juzgado”, explicaron los legisladores priístas, al remarcar que se debe seguir el mismo procedimiento a todos los servidores públicos, sin privilegios, y la Cámara de Diputados mantendrá su función de resolver si quedan o no a disposición de un juez para que los condene respecto al delito por el que se les acusa.
Argumentaron que aunque el presidente Andrés Manuel López Obrador asegura que con la reforma legislativa aprobada en 2020 quedó eli-minado su fuero, la realidad es que los cambios no cumplieron con ese objetivo, toda vez que la inmunidad procesal para el cargo se mantiene.
Además hay ventajas, en caso de que la Cámara de Diputados lleve a cabo el proceso de declaratoria de procedencia contra el Presidente de la República.
, en lugar de retirar la inmunidad procesal y poner al inculpado a disposición de las autoridades competentes, como sucede con cualquier otro servidor público, el artículo 111 constitucional dispone que “sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110, la cual resolverá con base en la legislación penal aplicable”.
Los diputados del PRI señalan en su iniciativa, que la Constitución Política contiene los principios fundamentales de igualdad ante la ley y no discriminación, tanto en derechos como en garantías, por lo que la reforma propuesta consiste en “homologar el proceso de desafuero del Presidente de la República con el de los otros servidores públicos”.
« El Universal »