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Prohíben a AMLO hacer propaganda ante consulta

Prohíben a AMLO hacer propaganda ante consulta


Publicación:22-07-2021

TEMA: #INE  

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Para evitar que durante la conferencia matutina existan pronunciamientos sobre programas y logros de gobierno.

CIUDAD DE MÉXICO/EL UNI.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) dictó medidas cautelares en contra del Presidente, para evitar que durante la conferencia matutina existan pronunciamientos sobre programas y logros de gobierno, toda vez que se está en periodo de prohibición debido a la consulta popular. Se ordenó la edición del material de la conferencia del 19 de julio pasado, en la que funcionarios de la Secretaría de Bienestar se refirieron a la renovación del programa 65 y más, de pensiones para adultos mayores. El PAN presentó una denuncia en contra de Andrés Manuel López Obrador y quien o quienes resulten responsables, porque en esa exposición a los medios hubo propaganda gubernamental. Y es que el 15 de julio pasado entró en vigor la veda que prohíbe a funcionarios de todos los niveles, por mandato constitucional, difundir logros del gobierno. Ello, porque el 1 de agosto se llevará a cabo la consulta popular. "La regla es que desde el 15 de julio y hasta el 1 de agosto no haya difusión de propaganda", señaló la consejera Adriana Favela. Por su parte, la consejera Claudia Zavala subrayó que la prohibición no la impone el INE, sino la Constitución. El consejero Ciro Murayama mencionó que es necesario evitar que los mensajes que se difundan desde el gobierno, no interfieran con el periodo que se vive sobre la consulta popular. Esta es la primera medida cautelar que se dicta para el Jefe del Ejecutivo federal. Por ello, la Presidencia de la República, la Coordinación de Comunicación Social y Vocería, el Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, así como todos los servidores públicos que participen en las conferencias que da el Ejecutivo, al menos de lunes a viernes, deberán abstenerse de presentar y difundir cualquier propaganda gubernamental.

NO PODRÁ HABER REPRESENTANTES DE PARTIDOS EN CONSULTA POPULAR: TEPJF

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó lo establecido por el Instituto Nacional Electoral (INE), de que los partidos políticos con registro nacional no podrán nombrar representantes ante cada una de las mesas receptoras que se instalarán para la consulta popular el 1 de agosto próximo. El partido Morena impugnó la decisión del INE de no establecer la representación partidista en cada una de las mesas receptoras. Por unanimidad, magistradas y magistrados concluyeron que contrario a lo que señaló Morena, las direcciones ejecutivas del INE sí tienen facultades para dar respuesta a las consultas que les formulen los partidos políticos, máxime si en dicha respuesta solamente se le señalan al partido las disposiciones aplicables respecto a su solicitud. Aunado a ello, desestimaron la inconstitucionalidad que, se argumentaba, había en la adenda a los lineamientos establecidos para la consulta del próximo 1 de agosto, porque no se impugnó en su momento. Durante la sesión de este miércoles, la Sala Superior también resolvió por unanimidad de votos, rechazar, como lo establecía el acuerdo del INE, la solicitud del Instituto de Educación de Aguascalientes para que ocho de sus campañas estuvieran exentas de las reglas de suspensión de propaganda gubernamental por la Consulta Popular. Se confirmó la decisión del INE, en el sentido de que estos programas —Beca de Permanencia; Apoyo a la Gestión Escolar; Beca Universitario al 100; Creciendo Juntos; Tutor al 100; Que Nadie se Vaya de la Educación y Uniformes Escolares— no cumplen con los criterios de necesidad y generalidad, pues están dirigidos a un sector en específico de la población, además de que tienen que ver con la entrega de recursos a la ciudadanía. La Sala Superior recordó que es la Constitución la que reconoce el derecho de la ciudadanía de votar en las consultas populares, con la clara precisión de que la promoción de estas tiene que ser imparcial; además, establece que deberá suspenderse la difusión de toda propaganda de cualquier orden de gobierno, salvo la que tenga que ver con autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia. Por otra parte, la Sala Superior confirmó por unanimidad de votos, el acuerdo del INE en el que se rechazó que nueve campañas de la Secretaría de Desarrollo Social de Aguascalientes estuvieran exentas de las reglas de suspensión de propaganda gubernamental. Los contenidos incluían temas como entrega de recursos o difusión de programas sociales, por lo que no se justificaba su difusión durante la veda, pues para ello debían cumplir con los criterios de necesidad y generalidad, lo que no ocurrió en nueve de los 11 contenidos que la Secretaría de Desarrollo Social de Aguascalientes solicitó pudieran ser transmitidos.



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