Nacional Presidencia
No se aprobaría ley que cobraría préstamos del salario

Publicación:10-05-2022
El Presidente no está de acuerdo con el embargo salarial
Desde el año 2013 el Banco de México, y otras instituciones bancarias, ofrecen a sus clientes créditos vía nómina, que tienen la particularidad de debitar el pago de las cuotas directamente del salario del trabajador. Esta metodología se implementó para los trabajadores formales, que tienen declarados sus ingresos, con la intención de disminuir la cartera de deudores morosos y evitar el incumplimiento de los pagos. Sin embargo, en los últimos años, esta modalidad de crédito ha sido fuertemente cuestionada por sindicatos de trabajadores, medios e incluso el Presidente de la Nación.
Durante el año 2021 se presentaron al senado reformas para este proyecto, que se elevaron a cámara de diputados en marzo del 2022, y fueron aprobadas por 237 votos a favor, 18 abstenciones y 201 en contra. La oposición sostiene que estas reformas atentan contra el salario de los trabajadores, planteando embargos para cumplir las cobranzas. Andrés Manuel López Obrador, expresó su deseo de ponerle fin a esta metodología de cobro, considerándola inconstitucional e injusta para los trabajadores. El Presidente declaró públicamente: “No estoy de acuerdo con esa reforma, no creo que deba de embargarse el salario de los trabajadores bajo ninguna circunstancia. El salario es sagrado, es lo que permite el sustento de las familias, y no se puede utilizar la nómina, apropiarse de la nómina del trabajador. Ningún banco debe de hacerlo, ninguna institución financiera”.
Anualmente se publican Reportes de Indicadores Básicos (RIB), por parte del Banco de México, con la intención de cumplir la Ley para la Transparencia y el Ordenamiento de los Servicios Financieros. Estos informes describen a través de indicadores los créditos que otorgan las entidades bancarias y financieras. Sin embargo, la cobranza delegada sigue sin tener aprobación por parte de los trabajadores o patrones de pequeñas y medianas empresas, solo beneficiando a las entidades bancarias o grandes empleadores empresariales. La oposición habla de “injusticia social” y del riesgo que esta reforma implica para la estabilidad de las familias mexicanas y el resguardo de sus salarios.
Las reformas propuestas son sobre las leyes de Títulos y Operaciones de Crédito, de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y de la Ley de Protección de Defensa al Usuario de Servicios Financieros, donde se regulan los créditos de nómina con cobranza delegada. Estás modificaciones establecen que los montos de dinero sustraídos de los salarios serán porcentuales respecto al monto total, producto de la relación laboral. A su vez, los débitos se podrán realizar de las percepciones extraordinarias e indemnizaciones, entre otros honorarios. Por último el patrón debe hacerse responsable solidario del pago de deuda, debiendo asumir la liquidación de los montos adeudados en caso de que el empleado incumpla. Si el trabajador pierde el empleo, debe encontrar otra fuente que financie los pagos, involucrando a un nuevo patrón en caso de cambiar de empleo.
El pueblo acusa a esta medida de inconstitucional, violando la Ley Federal del Trabajo: en los artículos 99 que le da al salario el carácter de irrenunciable y otorga el derecho al trabajador de percibir salarios devengados, artículo 100 que establece que los salarios deben acreditarse directamente a los trabajadores, artículo 104 que afirma “es nula la cesión de los salarios en favor del patrón o de terceras personas, cualquiera que sea la denominación o forma que se le dé”, artículo 110 que señala que “los descuentos en los salarios de los trabajadores, están prohibidos” y por último el artículo 112 que determina que “los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados”.
« Redacción / El Porvenir »




