Nacional Ciudad de México
No corresponde a Inai investigar bienes de particulares
Publicación:16-02-2022
TEMA: #Inai
El presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conocer en su mañanera una misiva que le envió a la comisionada presidenta del Inai, Blanca Lilia Ibarra Cadena
CIUDAD DE MÉXICO, febrero 16 (EL UNIVERSAL).- Ante la petición del presidente Andrés Manuel López Obrador para que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai
) haga una investigación sobre los ingresos, bienes y origen de la riqueza del periodista Carlos Loret de Mola, socios y su familia, la presidenta del Consejo Consultivo de dicho órgano autónomo, Nuhad Ponce Kuri, dejó claro que eso no es posible.
En entrevista con EL UNIVERSAL, explicó que la obligación que rige al Inai es la de custodiar, proteger y garantizar la protección de datos personales de cualquier persona, y a la vez transparentar la información "siempre y cuando sea del orden público".
"Hablando de un privado no es el Inai la autoridad para obtener esta información o para solicitar, el Inai no es la institución a la que haya que requerirle la información sobre un particular, no importa quién la solicite, porque no está dentro del marco regulatorio", aseveró.
Puntualizó que la protección de datos está consagrada en el artículo 16 de la Constitución mexicana, en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), y en el propio marco regulatorio del Inai.
"Existen dos normativas de protección de datos: la que es para particulares y la que es para sujetos obligados. El Inai tiene la obligación de transparentar cuando se está hablando de un ente público, pero cuando se trata de un privado no se debe publicar la información", agregó.
En la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO) se señala que pueden ser públicos los datos de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo del ámbito federal, estatal y municipal, así como de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.
En el caso de particulares, los artículos 63 y 64 de la LFPDPPP establecen que se impondrá una multa de 100 a 320 mil veces el valor de la UMA (de 8 mil 688 a 27 millones 801 mil 600 pesos) a quienes cometan faltas en el tratamiento de datos sensibles como domicilio, fecha de nacimiento, correo electrónico, CURP o sueldo de un particular, ya sea para almacenarlos o divulgarlos.
La semana pasada, el presidente López Obrador difundió durante su conferencia matutina los supuestos ingresos de Loret de Mola, en respuesta al reportaje publicado por el medio Latinus sobre una mansión en la que vive el hijo del Ejecutivo federal, José Ramón López Beltrán, y un posible conflicto de intereses con la empresa Baker Hughes.
Al respecto, Ponce Kuri recordó que el Consejo Consultivo a su cargo emitió una opinión técnica-jurídica, a través de la cual se recomendó al Inai investigar si los datos personales del comunicador fueron vulnerados.
"Lo hicimos al ver que existía una posible vulneración a la protección de los datos personales de una persona, por eso se decidió hacer el análisis técnico-jurídico y solicitarle al Inai que se inicien las investigaciones correspondientes. Se trata de una recomendación no vinculante, es decir, que el instituto puede o no tomar", concluyó.
El pasado lunes 14 de febrero, el Consejo Consultivo del Inai pidió a ese instituto iniciar un procedimiento de oficio para garantizar el derecho a la protección de datos personales en el caso de Carlos Loret de Mola, luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador exhibiera supuesta información relacionada con los ingresos del periodista.
El organismo ciudadano recomendó al Inai emitir medidas cautelares y de apremio ante un daño inminente o irreparable en materia de privacidad, y determinar además si hay sanciones por revelar datos personales.
Misiva formal
El presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conocer en su mañanera una misiva que le envió a la comisionada presidenta del Inai, Blanca Lilia Ibarra Cadena. En su escrito, aseguró que la información seguramente se podrá obtener en el Registro Público de la Propiedad, en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o en la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
En entrevista con EL UNIVERSAL, explicó que la obligación que rige al Inai es la de custodiar, proteger y garantizar la protección de datos personales de cualquier persona, y a la vez transparentar la información "siempre y cuando sea del orden público".
"Hablando de un privado no es el Inai la autoridad para obtener esta información o para solicitar, el Inai no es la institución a la que haya que requerirle la información sobre un particular, no importa quién la solicite, porque no está dentro del marco regulatorio", aseveró.
Puntualizó que la protección de datos está consagrada en el artículo 16 de la Constitución mexicana, en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), y en el propio marco regulatorio del Inai.
"Existen dos normativas de protección de datos: la que es para particulares y la que es para sujetos obligados. El Inai tiene la obligación de transparentar cuando se está hablando de un ente público, pero cuando se trata de un privado no se debe publicar la información", agregó.
En la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO) se señala que pueden ser públicos los datos de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo del ámbito federal, estatal y municipal, así como de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos.
En el caso de particulares, los artículos 63 y 64 de la LFPDPPP establecen que se impondrá una multa de 100 a 320 mil veces el valor de la UMA (de 8 mil 688 a 27 millones 801 mil 600 pesos) a quienes cometan faltas en el tratamiento de datos sensibles como domicilio, fecha de nacimiento, correo electrónico, CURP o sueldo de un particular, ya sea para almacenarlos o divulgarlos.
La semana pasada, el presidente López Obrador difundió durante su conferencia matutina los supuestos ingresos de Loret de Mola, en respuesta al reportaje publicado por el medio Latinus sobre una mansión en la que vive el hijo del Ejecutivo federal, José Ramón López Beltrán, y un posible conflicto de intereses con la empresa Baker Hughes.
Al respecto, Ponce Kuri recordó que el Consejo Consultivo a su cargo emitió una opinión técnica-jurídica, a través de la cual se recomendó al Inai investigar si los datos personales del comunicador fueron vulnerados.
"Lo hicimos al ver que existía una posible vulneración a la protección de los datos personales de una persona, por eso se decidió hacer el análisis técnico-jurídico y solicitarle al Inai que se inicien las investigaciones correspondientes. Se trata de una recomendación no vinculante, es decir, que el instituto puede o no tomar", concluyó.
El pasado lunes 14 de febrero, el Consejo Consultivo del Inai pidió a ese instituto iniciar un procedimiento de oficio para garantizar el derecho a la protección de datos personales en el caso de Carlos Loret de Mola, luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador exhibiera supuesta información relacionada con los ingresos del periodista.
El organismo ciudadano recomendó al Inai emitir medidas cautelares y de apremio ante un daño inminente o irreparable en materia de privacidad, y determinar además si hay sanciones por revelar datos personales.
Misiva formal
El presidente Andrés Manuel López Obrador dio a conocer en su mañanera una misiva que le envió a la comisionada presidenta del Inai, Blanca Lilia Ibarra Cadena. En su escrito, aseguró que la información seguramente se podrá obtener en el Registro Público de la Propiedad, en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o en la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
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