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Invalida SCJN prisión preventiva de oficio contra factureras

Invalida SCJN prisión preventiva de oficio contra factureras
SCJN.

Publicación:25-10-2021

TEMA: #SCJN  

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Durante la sesión del Pleno de la Corte, los ministros analizaron las acciones de inconstitucionalidad presentadas por senadores

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prisión preventiva de oficio establecida para quienes cometen delitos fiscales como defraudación, contrabando y facturación de operaciones simuladas o inexistentes (factureras).

Durante la sesión del Pleno de la Corte, los ministros analizaron las acciones de inconstitucionalidad presentadas por senadores de la oposición y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra del decreto del 8 de noviembre de 2019.

En dicho decreto se agregaron los delitos fiscales en el listado de delitos que merecen prisión preventiva de oficio, se les clasificó también al catálogo de conductas de delincuencia organizada, se les consideró un riesgo a la seguridad nacional y, en consecuencia, se prohibió la celebración de acuerdos reparatorios y el otorgamiento de criterios de oportunidad a quienes cometan estos delitos.

Los ministros consideraron que con esta reforma el poder legislativo excedió sus facultades al extender la prisión preventiva de oficio a delitos no contemplados en el artículo 19 de la Constitución federal.

Por ello, invalidaron el artículo 5 fracción XII, de la Ley de Seguridad Nacional que establece a estos delitos entre las conductas consideradas como amenazas a la seguridad nacional y el artículo 167, párrafo séptimo fracciones I, II y III que los agrega como delitos que merecen prisión preventiva de oficio.

Aunque los ministros emitieron votación definitiva sobre estos puntos, aún quedaron pendientes de analizar las reformas a la ley de Delincuencia Organizada, al Código Fiscal de la Federación y el argumento de que con estas modificaciones el Congreso de la Unión estableció una regresión legislativa, lo que resulta inconstitucional.

Durante la discusión, el ministro Fernando Franco González Salas, encargado del proyecto y quien propuso avalar la reforma en su totalidad, indicó que sostendrá su postura al respecto y solicitó enviar el expediente a otro de los ministros que conformaron la mayoría calificada para invalidar los primeros dos puntos del análisis.

En consecuencia, el nuevo ministro al que se envíe el expediente deberá hacer un proyecto en el que se declaran inválidos los preceptos de la Ley de Seguridad Nacional y del Código Nacional de Procedimientos Penales que ya discutieron hoy los integrantes del Pleno y en el que el resto del análisis de las impugnaciones sea congruente con lo expuesto durante la sesión de este lunes.

Celebran fallo de SCJN que invalida disposiciones de Ley de Seguridad

Lunes, 25 de octubre de 2021 20:12 | Información General | SCJN-SEGURIDAD

CIUDAD DE MÉXICO, octubre 25 (EL UNIVERSAL).- El Bloque de Contención en el Senado, integrado por PAN, PRI, Movimiento Ciudadano (MC) y PRD celebró el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que declaró inconstitucionales diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, del Código Nacional de Procedimientos Penales y el Código Fiscal de la Federación reformados el 8 de noviembre de 2019.

Las cuatro bancadas opositoras presentaron una Acción de Inconstitucionalidad contra dicha reforma, que proponía considerar a la defraudación fiscal, el contrabando y su equiparable, así como la expedición, venta y uso de facturas falsas, como amenazas a la seguridad nacional, delincuencia organizada y delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

El Bloque de Contención argumentó que todo ello era "desproporcional y violatorio a los derechos humanos de los mexicanos", por lo que se congratuló por la decisión de la SCJN que le da la razón, y ratificó su compromiso con el Estado de Derecho, el respeto al debido proceso y a la presunción de inocencia.

Los grupos parlamentarios del Partido Acción Nacional (PAN), Movimiento Ciudadano, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) destacaron que en la discusión de la Acción de Inconstitucionalidad presentada por el Bloque de Contención, la mayoría de los ministros se pronunciaron por la inconvencionalidad del aumento del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, ya que, aun reconociendo un régimen de excepción para ciertos delitos, la inclusión de estos por materia nunca debe interpretarse como permisiva.

Además, se posicionaron en contra del uso de esta medida como una sanción anticipada y consideraron que el concepto de Seguridad Nacional debe ser limitativo, además de que los delitos fiscales no constituyen un riesgo para la integridad del Estado Mexicano.

El Bloque de Contención subrayó que los ministros de la SCJN criticaron que la reforma confunda las amenazas a la Seguridad Pública con aquellas que pueden ser en perjuicio de la Seguridad Nacional.




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