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Aprueba Senado hasta 5 años de prisión a acosadores sexuales

Aprueba Senado hasta 5 años de prisión a acosadores sexuales
Acoso.

Publicación:04-11-2022
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El Senado de la República aprobó una reforma que sanciona de uno a cinco años de cárcel a quien con fines lascivos asedie a personas de cualquier sexo.

CIUDAD DE MÉXICO.-El Senado de la República aprobó una reforma que sanciona de uno a cinco años de cárcel a quien con fines lascivos asedie a personas de cualquier sexo, en espacio público, privado o a través de medios informáticos que cause cualquier tipo de daño o perjuicio.

Si la persona acosadora fuese servidor público o utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, adicionalmente será destituido del cargo e inhabilitado para ocupar otro cargo público hasta por un año.

"Solo se procederá contra la persona que cometa la conducta descrita, a petición de parte ofendida", destaca la reforma avalada por unanimidad y que fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis.

En los argumentos de la reforma se expone "es común que las prácticas de acoso sexual se den en lugares públicos, lo que constituye una violación importante a los derechos humanos de la persona que lo sufre, especialmente para las mujeres y niñas, esto afecta sus capacidades y oportunidades de desarrollo".

Expertos aseguran que el acoso sexual ocurre principalmente en el ámbito laboral, en empresas particulares o transporte público en las que pocas veces se cuentan con protocolos para atender esta situación, sin contar que en la mayoría de los casos la persona afectada no presenta la denuncia o acta correspondiente por temor a sufrir represalias.

Se añade que el acoso sexual a través de los medios informáticos es un tema relevante en nuestro país, ya que en la actualidad la sociedad se enfrenta un avance tecnológico el cual crece a gran velocidad, donde algunos son expertos, pero para otros es un mundo totalmente desconocido, lo cual trae con ello el acoso sexual.

En estos delitos los bienes jurídicos que se vulneran son el honor, la intimidad, la imagen, la integridad entre otros.

ÁCIDO CONTRA MUJERES

El pleno del Senado de la República aprobó una reforma que sanciona hasta con 21 años de cárcel a quienes por ellos mismos o terceras personas, causen lesiones a mujeres por ataques con sustancias químicas, corrosivas o ácidos.

En el marco de la sesión ordinaria, se avaló por unanimidad la reforma al artículo 85; y, adiciona un artículo 297 Bis al Código Penal Federal, que busca emendar la laguna legal en este tipo de ataques se han vuelto frecuentes en el país y que incluso han derivado en la muerte de mujeres.

La reforma, que fue turnada a la Cámara de Diputados, establece una pena de siete a trece años de prisión y multa de trescientas a setecientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización a quien por sí o por interpósita persona, cause a otras lesiones, usando cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, álcalis, ácidos y sustancias similares, incluyendo las que necesiten de otro agente para reaccionar.

Ello provocando en una mujer un daño o enfermedad incurable; la inutilización completa o la pérdida de una extremidad u órgano; cuando quede perjudicada cualquier función orgánica o se genere alguna discapacidad o deformidad incorregible en la piel.

La pena prevista en el presente artículo se aumentará en dos terceras partes, es decir hasta 21 años, cuando exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de parentesco, sentimental, afectiva, laboral o de confianza. El personal de salud deberá notificar al Ministerio Público de todos los casos de lesiones provocadas por agentes químicos que reciban para atención médica.

El Ministerio Público tiene la obligación de garantizar la reparación del daño integral, adecuada, eficaz, efectiva y proporcional a la gravedad del daño.

ODIO RACIAL

El pleno del Senado de la República aprobó una reforma que sanciona con pena de uno a tres años de prisión a quien difunda ideas basadas en la superioridad o el odio raciales, o por motivos racistas incite a cometer cualquier acto de violencia en contra de una persona o algún grupo de personas.

Durante la sesión ordinaria se aprobó por unanimidad con 75 votos a favor la reforma al primer párrafo del artículo 149 Ter del Código Penal Federal y el artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

En los argumentos de la reforma turnada a la Cámara de Diputados se expone que "en los últimos años en todo el mundo, se ha advertido de manera alarmante un inquietante aumento de discursos de odio, racismo e intolerancia, muchos de ellos, incluso emanados de personajes públicos, mandatarios o líderes sociales”.

Se añade que en el discurso público la polarización como herramienta para ganar votos, se está convirtiendo en una retórica incendiaria que estigmatiza y deshumaniza a las minorías, los migrantes, los refugiados, las mujeres y todos aquellos etiquetados como "los otros".

“El discurso de odio constituye una amenaza para los valores democráticos, la estabilidad social y la paz, por lo que el silencio puede ser una señal de indiferencia al fanatismo y la intolerancia”, indica la reforma impulsada por la senadora Sasil de León Villard.

De acuerdo con los resultados de percepción de la Encuesta sobre Discriminación en la Ciudad de México 2021 (EDIS), elaborada por el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación, COPRED, tan solo en la Ciudad de México la principal causa de discriminación es la pobreza y las personas más discriminadas son las de piel morena.

A diferencia de la EDIS 2017, cuando las principales causas de discriminación fueron la educación y las preferencias sexuales, ahora la pobreza (16.4%)y tener piel morena (16.2%) encabezan la lista.




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