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Quedan en limbo resultados de elección del Distrito 17

Quedan en limbo resultados de elección del Distrito 17
Siguen las actividades en los tribunales electorales

Publicación:25-07-2021

TEMA: #TEE  

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Ante la anulación de siete casillas, luego de que el Tribunal Electoral del Estado, encontró una serie de irregularidades

Los resultados del proceso electoral del pasado seis de junio en el Distrito 17 con cabecera en Escobedo quedaron en el limbo.

Lo anterior ante la anulación de siete casillas, luego de que el Tribunal Electoral del Estado, encontró una serie de irregularidades.

De tal forma que la recomposición del cómputo total de la votación para diputaciones queda reservada hasta que se resuelva la totalidad de los medios de impugnación relacionados con la misma.

De acuerdo con el resultado final de ese distrito, la candidata de la Coalición Juntos Haremos Historia por Nuevo León, Anylú Bendición Hernández obtuvo el triunfo de manera apretada.

Ya que su más cercana perseguidora, Norma Benites, del Partido Movimiento Ciudadano perdió con 775 votos.

Mientras que la representante del PAN, Ailé Tamez, logro 17 mil 887 sufragios que representó el 24.4 por ciento de la votación total, posicionándola en el tercer lugar.

El TEE decidió anular las siete casillas tras una queja de inconformidad de la misma ganadora de las elecciones a diputados

Las casillas anuladas por el TEE fueron la 472 contigua 10, de la colonia Quinto Centenario; la 2761 básica, en el Fraccionamiento Paseo Real; la 480 básica, en Fomerrey 9; y la 483 contigua 10, de Fomerrey 36.

Además se anularon las casillas 438 básica, de Pedregal del Topo Chico; la 474 contigua 2, de la Colonia Provileón; y la 477 básica, de la Felipe Carrollo Puerto.

“La Magistrada y los Magistrados concluyeron por unanimidad que se debe declarar la nulidad de la votación recibida en las casillas 472 C10, 2761 B, 480 B y 483 C10, toda vez que existen diferencias o discrepancias numéricas entre los rubros fundamentales de las actas de escrutinio y cómputo, que actualizan la causal de nulidad de votación por error o dolo en la computación de votos”. 

“Por otra parte, respecto a las casillas 438 B, 474 C2 y 477 B se determinó que se debe declarar la nulidad de la votación recibida, puesto que fueron integradas por personas que no pertenecen a la sección electoral”, revela el dictamen aprobado este sábado por el Tribunal Electoral del Estado.

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