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Presenta GLMC una reforma a la Ley Olimpia

Presenta GLMC una reforma a la Ley Olimpia
NL.

Publicación:11-02-2022
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El coordinador de la Bancada Naranja presentó está reforma de Ley a Oficialía de Partes del Congelador local

Por el bien de las víctimas que son acosadas de manera cibernética en Nuevo León el GLMC en voz de Eduardo Gaona presentó una reforma a la Ley Olimpia donde se sancione igual a quien pida material pornográfico y haya un capítulo de reparación del daño con ayuda psicológica a las víctimas.

El coordinador de la Bancada Naranja presentó está reforma de Ley a Oficialía de Partes del Congelador local donde además dijo se busca está Ley se empate con la Federal y con las de estados de Puebla y Coahuila.

Pues está no contempla al día de hoy en la Legislación de Nuevo León la reparación del daño más que penas de cárcel y económicas, pero no atiende el daño psicólogo de las víctimas del ciber acoso.

Es así que la Bancada Naranja, liderada por el Diputado Eduardo Gaona, presentó hoy una iniciativa para fortalecer la denominada “Ley Olimpia” para que se considere como delito el hecho de solicitar, a través de medios electrónicos, material que atente contra la intimidad personal.

Además, se propone que quien resulte responsable de esta clase de delito, además de cumplir la condena que se le imponga, esté obligado a cubrir la reparación del daño a favor de la víctima incluyendo los costos de tratamientos médicos y psicológicos.

“Anteriormente, compañeras de esta bancada presentaron en noviembre la iniciativa para homologar lo que en materia federal debe considerarse como sanciones”, recordó Gaona.

“Ahora, con esta iniciativa queremos dar un paso más para que se combatan este tipo de delitos en dos sentidos: lo que se tiene actualmente no incluye a las personas que solicitan material sexual, y una parte importante que no contempla la legislatura en Nuevo León es la reparación del daño en términos médicos y psicológicos”, explicó el Coordinador de la Bancada Naranja.

La iniciativa plantea la reforma de los párrafos primero y segundo del Artículo 271 BIS 5 y adiciona un último párrafo al Artículo 271 BIS 2 del Código Penal para el Estado de Nuevo León.

“Actualmente, el Código Penal incluye a las personas que divulgan, exhiben, promueven o reproducen material sexual, pero no incluye a quienes lo están solicitando y que de alguna manera son instigadores para que se den estos delitos”, afirmó Gaona.

“Además, con respecto a la reparación del daño, sí se contempla una pena que va de 70 mil a 200 mil pesos, pero no se incluye la reparación psicológica, médica o física”, agregó.(AME)




« El Porvenir/ Alberto Medina »