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Presenta Colectivo Perfiles Idóneos Amicus Curiae
Publicación:26-09-2022
TEMA: #Colectivos
Se busca que tanto las designaciones como el ejercicio de las personas designadas sea bajo los estándares de participación ciudadana
El Colectivo Perfiles Idóneos presentó al Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, un Amicus Curiae para argumentar la resolución del juicio de amparo promovido por el Comité de Participación Ciudadana en contra del último proceso de designación realizado por la Comisión de Selección del Sistema Nacional Anticorrupción.
En rueda de prensa, convocada por el Consejo Cívico de las Instituciones señalaron que es a fin de hacerle llegar al juez información técnica sobre las mejores prácticas y estándares sobre designaciones públicas y los tome en consideración para la resolución.
Itzel Checa Gutiérrez, coordinadora del Colectivo destacó que se realiza con la finalidad de asegurar la idoneidad de los perfiles y fungir como contrapeso institucional.
Con ello, buscan que tanto las designaciones como el ejercicio de las personas designadas sea bajo los estándares de participación ciudadana, transparencia, rendición de cuentas y con una perspectiva étnica-género-generacional.
El Amicus enfatiza en primer lugar en los estándares internacionales en materia de designaciones públicas bajo los cuales deben desarrollarse estos procesos, los cuales se basan en la máxima publicidad y transparencia a lo largo del proceso.
“En la existencia de mecanismos efectivos de participación ciudadana, en la igualdad de oportunidades y no discriminación, en la selección con base en los méritos y capacidades de los perfiles y en la rendición de cuentas de las decisiones tomadas por el Comité de Selección, dieron a conocer.
En segundo lugar en la importancia del Comité de Participación Ciudadana, órgano ciudadano responsable de realizar y coordinar acciones y políticas en materia anticorrupción, y las características de idoneidad de los perfiles que ocupen esta relevante encomienda pública.
Y en tercer lugar en una evaluación del proceso de designación de la persona seleccionada y ahora integrante del CPC que aporta evidencias de prácticas contrarias a lo mandatado por los estándares internacionales y que dieron como resultado final una designación alejada de los requisitos de elegibilidad establecidos en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
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