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Impulsa GLPT iniciativa de reforma a Ley del Servicio Civil

Impulsa GLPT iniciativa de reforma a Ley del Servicio Civil
Azael Sepúlveda presentó la iniciativa

Publicación:21-02-2021
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Homologaría la Ley del Servicio Civil, que regula el trabajo burocrático, con la reciente reforma a la Ley Federal del Trabajo para incorporar el teletrabajo

Monterrey, NL.-El Grupo Legislativo del Partido del Trabajo impulsara una Iniciativa de Reforma a la Ley del Servicio Civil en materia de teletrabajo.

Lo anterior con el propósito de homologar la Ley del Servicio Civil, que regula el trabajo burocrático, con la reciente reforma a la Ley Federal del Trabajo para incorporar el teletrabajo.

El cual se define como el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora en el centro de trabajo, utilizando primordialmente las tecnologías de la información y comunicación, para el contacto y mando entre ambas partes.

El coordinador de la bancada del PT, Asael Sepúlveda, explicó que entre los beneficios de esta iniciativa se contemplaría al trabajador en modalidad de teletrabajo.

Se define qué se entiende por teletrabajo; Se contempla el teletrabajo para los contratos colectivos; Se contempla que debe respetarse la voluntad de las partes; Se establece el derecho a la reversibilidad para volver a trabajo presencial. Se establece la obligación del patrón de dotar de insumos de trabajo, pago de servicios en el domicilio y mecanismos de contacto y supervisión. 

 El legislador señalo que no se considerará teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional y esporádica.

“Cuando el trabajador preste sus servicios bajo la modalidad de teletrabajo, el Gobierno y los Municipios, deberán proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros”.

“Recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas”, expuso.

Sepúlveda dijo que se debe de asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.

Además deberá respetar el derecho a la desconexión de los trabajadores bajo la modalidad de teletrabajo al término de la jornada laboral.



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