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Local Decisiones 2024


Determina TEE que Guidi puede ser candidata sin dejar curul

Determina TEE que Guidi puede ser candidata sin dejar curul
El tribunal desechó un recurso de queja presentado por un candidato de Morena sobre la designación de una curul a un diputado suplente de Movimiento Ciudadano.

Publicación:02-04-2024
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María Guadalupe Guidi puede ser candidata a la alcaldía de Linares sin solicitar licencia, ya que llegó por la vía plurinominal y no directa al Congreso Local.

No hay impedimento para que la diputada María Guadalupe Guidi Kawas sea candidata por Movimiento Ciudadano a la alcaldía de Linares sin necesidad de solicitar licencia, así lo determino este martes el Tribuna Estatal Electoral de Nuevo León.

Lo anterior fue un requerimiento que hizo el partido de Movimiento Ciudadano ante el tribunal electoral debido a que en la interpretación jurídica, la legisladora llego por la vía plurinominal.

Los magistrados y magistradas en la sentencia se revocó el acuerdo reclamado, ya que se considera que la responsable realizó una indebida interpretación respecto del artículo 10, párrafo segundo, de la Ley Electoral para el Estado de Nuevo León.

Lo anterior en virtud de que ésta no fue conforme a los artículos 172, fracción IV, de la Constitución Política del Estado de Nuevo León y el derecho al sufragio pasivo contenido en la Constitución Federal y Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos.

Es decir, hubo una mala interpretación sobre la exigencia de la licencia a los funcionarios públicos que buscan ser candidatos

"En consecuencia, se determinó que la interpretación que debe prevalecer es aquella en la cual, el vocablo cargos de elección popular" debe entenderse como aquellos casos de cargos con funciones en el municipio de la elección respectiva que se trate, ya que, extenderlo a otro supuesto, implica restringir, en mayor grado, el derecho humano a la participación política en condiciones de igualdad".

"Por ende, se vinculó al Instituto Electoral Local a través de su Consejo General para que, en atención a los principios de progresividad e interdependencia de los derechos humanos, efectúe la interpretación que aquí prevalece en las actividades administrativas y operativas relacionadas con el proceso electoral en curso", señala el veredicto.

Los magistrados consideraron que al haber llegado por la vía plurinominal no integro el Congreso Local por la vía directa en el municipio de Linares y tampoco estaba desempeñando un cargo dentro del municipio, por lo tanto, su candidatura es totalmente legal y válida.

Eduardo Gaona Domínguez, coordinador de la bancada de Movimiento Ciudadano dijo que a las bancadas del PAN y el PRI no habrá impedimento alguno para tomar las riendas del Congreso Local, porque si quieren hacer lo mismo con el diputado Jesús Aguilar quien compite por la alcaldía de Hualahuises no lo podrán realizar.

"No pueden hacer lo mismo con el diputado Jesús Aguilar porque el sí pidió licencia y el si llego a la curul por vie de la elección, es decir por la mayoría relativa, y si lo quieren regresar pues estarían arriesgando la candidatura en el municipio de Hualahuises", manifestó.

TUMBAN RECURSO DE QUEJA

El Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León desecho por segunda ocasión, el recurso de queja interpuesta por el morenista Luis Armando Torres Hernández al reclamar que la curul otorgada a movimiento Ciudadano le pertenecía a su partido.

El ex diputado se inconformo porque cuando Waldo Fernández González solicito licencia se le llamo a su suplente José Alfredo Pérez Bernal-

El veinte de febrero el Congreso estatal tomó protesta al diputado suplente, ese mismo día Pérez Bernal informó al presidente de la Mesa Directiva del Congreso estatal su voluntad de incorporarse al grupo legislativo de MC.

El veinticinco de febrero, Luis Armando Torres Hernández, en su calidad de anterior candidato a diputado por el XIII Distrito electoral local en Nuevo León, postulado por Morena promovió juicio ciudadano local.

Porque estaba inconforme de la incorporación del diputado José Alfredo Pérez Bernal al grupo legislativo de Movimiento Ciudadano.

A juicio del actor, implicaba la pérdida del derecho a ejercer el cargo, y por lo que, que se debía otorga la diputación a él por encabezar la siguiente fórmula de la lista de representación proporcional de MORENA.

Porque simple y sencillamente al integrarse el diputado suplente al grupo legislativo de MC transgredía la representación de Morena, así como de la ciudadanía, al vulnerarse los límites constitucionales de sobrerrepresentación de MC y de subrepresentación de su partido, así como que se afectaron sus derechos político-electorales.

Al asignarle al suplente la diputación que quedó vacante, pues debía considerarse que la renuncia al Grupo Legislativo es una renuncia al cargo.

Sin embargo, este martes, durante la sesión en pleno, la Magistradas y el Magistrado determinaron que la incorporación del diputado José Alfredo Pérez Bernal a la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano, no implica la renuncia al cargo de diputado, por lo que no se genera una vacante.

En consecuencia, no se afecta al promovente su derecho político-electoral a ser votado, en la vertiente de acceder al cargo de diputado.

De tal forma que para el TEE la designación de la curul a Pérez Bernal está ajustada a derecho y no se cometió ninguna irregularidad.



« El Porvenir/Jorge Maldonado Díaz »