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Dejan fuera de periodo extraordinario expedientes

Dejan fuera de periodo extraordinario expedientes
Congreso.

Publicación:07-06-2022
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Por tal situación cuando llegaron al último tema de la sesión, los legisladores no metieron el tema y clausuraron los trabajos.

Aunque a final de cuentas, el Congreso del Estado llevo a cabo el Periodo Extraordinario, de último minuto decidieron sacar de la lista de asuntos los expedientes de la Unidad de Inteligencia Financiera y Económica, así como el del SAT.

Durante la realización de la sesión, la ciudadana que solicitó el amparo para que éste lunes no se llevara a cabo el trabajo legislativo presento en la Oficialía de Partes un incidente por incumplimiento de la suspensión provisional en contra del pleno.

En el documento establecido por Thania Gissele Ramos Alejandro advirtió que en caso de concretarse las reformas a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia y al artículo 87 de la Constitución, los legisladores se harían acreedores hasta a 9 años de prisión por desacatar la orden de un juez.

Por tal situación cuando llegaron al último tema de la sesión, los legisladores no metieron el tema y clausuraron los trabajos.

Cabe destacar que el Congreso del Estado finalmente llevo a cabo el segundo periodo Extraordinario debido a que las suspensiones provisionales de amparo que otorgo el juez a dos ciudadanos eran actos ya consumados como lo es el acuerdo con la convocatoria aprobada para su realización.

Ivonne Álvarez García, presidenta de la mesa directiva dijo que tras haber revisado el departamento jurídico las dos notificaciones, se percataron que por los argumentos planteados no existía impedimento para llevar a cabo el periodo extraordinario.

“En uno de las notificaciones dice: 'se suspende el primer periodo extraordinario de sesiones en el Congreso del Estado de Nuevo León por emanar de una omisión de las autoridades responsables en cumplir con lo establecido en el artículo 66 fracción 4 de la Constitución. Pero ese acto ya fue consumado”.

“Se establece que, para el caso en que la Diputación Permanente apruebe una solicitud para celebrar un segundo periodo extraordinario, que es una acción futura, en observancia a la obligación prevista en el artículo 66 fracción 1 de la Constitución, consistente en vigilar el cumplimiento de la misma, observe los requisitos, esto es, justifique cuál fue la hipótesis del artículo 66 fracción 4 de la Constitución que se actualiza para poder convocar a un extraordinario, también es un acto ya consumado”.

“El acuerdo de la Diputación Permanente expedido por el Congreso que contiene la convocatoria para el segundo periodo extraordinario se aprobó el 31 de mayo y surtió efectos el mismo día. y la demanda de amparo, tanto la 899 como la 901 radicadas ambas en el Juzgado Segundo Administrativo, fueron presentados el 1 de junio, por lo cual, en opinión del Jurídico del Congreso, en ningún momento la resolución incidental dicta que se suspenda el segundo periodo extraordinario”, señalo la diputada del PRI.

Cabe destacar que en esta ocasión, la sesión extraordinaria inicio con 26 diputados presentes en el recinto y cuatro en línea.





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