banner edicion impresa

Local Estado


Darían pena de 9 años a quien difunda fotos de víctimas

Darían pena de 9 años a quien difunda fotos de víctimas


Publicación:09-03-2023
++--

Hasta nueve años de prisión es lo que podría alcanza un servidor público miembro de una institución policiaca.

Hasta nueve años de prisión es lo que podría alcanza un servidor público miembro de una institución policiaca o de administración y procuración de justicia que reproduzca difunda, comparta, comercialice, oferte, intercambie publique o exhiba imágenes de víctimas del feminicidio.

Lo anterior podrá ser posible luego de que el congreso local aprobó por unanimidad una reforma al artículo 224 del Código Penal Estatal.

En exposición de motivos, la diputada Lorena de la Garza Venecia aseveró todo aquel que incurra en este delito también tendrá que una multa de hasta 31 mil 122 pesos.

“Lastimosamente vimos cómo se distribuían sin pudor las imágenes de éstas mujeres víctimas, entonces sabiendo que eso había sido muy probablemente iniciado por servidores públicos que llegaban a atender los lugares de los hechos, nos vimos en la necesidad de hacer la reforma para proteger a las mujeres víctimas de esos delitos.

“Una mujer que es privada de su vida deja detrás de ella una estela de personas que están llorando su muerte, y pasar a éstas personas por el doble proceso de revictimización de la mujer fallecida creemos que no es justo, y menos cuando es propiciado por una persona integrante de cualquier área”, señaló.

Paola Coronado, del PAN, dijo que la situación por este tipo de acción es grave, ya que  en el 2021 se registraron 949 muertes, equivalente a 11 mujeres al día.

“Es importante legislar en este tema tan importante para que pueda ser incorporado en este Código Penal del Estado, información confidencial de las víctimas y si en el mal uso de ella llega a un tercero”, refirió.

Iraís Reyes, de MC, dijo que estas acciones atentan contra la dignidad de la víctima directa y los indirectos del núcleo familiar, además de causar una afectación a las mujeres en general.

“En la sociedad se le conoce popularmente como Ley Ingrid a las reformas a los códigos penales locales de las entidades federativas, por los cuales se tipifica como delito la difusión de imágenes o videos del cuerpo de víctimas de feminicidio, así como documentos o información personal, en algunos estados se dejó de forma general para las víctimas de cualquier delito”, concluyó.(JMD)




« El Porvenir »