banner edicion impresa

Local Estado


Afirman hubo irregularidades en detención de El Bronco

Afirman hubo irregularidades en detención de El Bronco
Bronco.

Publicación:10-11-2022
++--

El pleno del Instituto Estatal de Transparencia señaló que la Agencia de Administración Penitenciaria de la Secretaria de Seguridad Pública de Nuevo León.

El pleno del Instituto Estatal de Transparencia señaló que la Agencia de Administración Penitenciaria de la Secretaria de Seguridad Pública de Nuevo León incumplió en el caso de la detención del ex Gobernador Jaime Rodríguez Calderón, y emitió una serie de medidas.

Dijo que, en marzo del presente año, fueron publicadas diversas notas periodísticas en varios medios de la localidad, en las cuales se divulgaban imágenes de El Bronco al interior del Centro de Reinserción Social de Apodaca.

Agregó que, ante tal panorama, esa Institución ordenó de oficio el inicio de una investigación previa en contra de la Agencia de Administración Penitenciaria de la Secretaría de Seguridad del Estado de Nuevo León.

El Pleno del Instituto presentó en la sesión ordinaria de este miércoles que el sujeto obligado cumplió con el principio de consentimiento, pero incumplió con los principios de licitud, finalidad, información, y responsabilidad, así como con los deberes de confidencialidad y seguridad.

Acorde a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados el Pleno emite las siguientes medidas:

En cuanto al Principio de finalidad, se conminó a la agencia de Administración Penitenciaria a realizar el tratamiento de datos personales justificado por finalidades concretas, específicas, relacionadas con las atribuciones que la normativa aplicable le confiera.

Del Principio de información se instruyó al responsable para que, adecue el aviso de privacidad relativo al Registro Nacional de Información Penitenciaria a fin de que se describan cada uno de los requisitos que marca la Ley de Protección de Datos Personales.

Del Principio de licitud, se instruyó al responsable a recabar y tratar los datos personales de los titulares con apego y cumplimiento a lo establecido en las atribuciones que tiene conferidas por su marco normativo.

Sobre el Principio de responsabilidad, se instruyó para que adopte e implemente mecanismos para asegurar el cumplimiento de los principios, deberes y obligaciones establecidos en la Ley de la materia.

Del Deber de confidencialidad, se instruyó, para que establezca, de forma documentada, controles o mecanismos que tengan por objeto que todas las personas que intervengan en el tratamiento de los datos personales que obran en su poder, eviten la comunicación de los mismos; así como para que en futuras ocasiones, se cerciore de que sus empleados o encargados, guarden confidencialidad respecto de los datos personales tratados; obligación que subsistirá, aun después de finalizada la relación con el sujeto obligado.




« El Porvenir »