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Abren recepción de documentos para jubilación

Abren recepción de documentos para jubilación
SNTE.

Publicación:23-08-2021

TEMA: #SNTE  

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Los trabajadores de la educación que quieren jubilarse o pensionarse tanto con el régimen transitorio (Ley 1983) o por el régimen certificado.

Los trabajadores de la educación que quieren jubilarse o pensionarse tanto con el régimen transitorio (Ley 1983) o por el régimen certificado para la Jubilación (Ley 1993), deberán presentar la documentación necesaria entre el 20 de agosto y el 10 de Septiembre del presente año.

Lo anterior fue informado por José Luis López Rosas, Secretario General de la Sección 50 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación y firmado por la titular de Pensiones y Jubilaciones, Lucilda Pérez Salazar.

Para ambas tramitaciones, los interesados deben entregar acta de nacimiento vigente (No mayor antigüedad de 6 meses) en original y copia; identificación oficial vigente que puede ser INE o Pasaporte (dos copias); CURP (el formato vigente. Dos copias); Constancia de Situación Fiscal (SAT, debe ser del año en curso. Dos copias).

Para el caso del Régimen Transitorio (Ley de 1983), no es necesario presentar talones de cheque, ni constancia de antigüedad y servicio ya que éstos documentos se gestionarán directamente por el ISSSTELEÓN ante dependencia correspondiente.

Y será éste Instituto el que verificará la información contenida en los documentos presentados y en caso de que resulte procedente, se citará por conducto sindical al interesado para que acuda al ISSSTELEÓN a recoger su dictamen correspondiente y actualizar su cédula testamentaria.

Para los aspirantes a pensionarse o jubilarse por régimen certificado de Jubilación (Ley 1993), además de los documentos comunes, y en caso de ser casada (o) o de tener hijos menores de 24 años y que aún estén estudiante, deben anexar el acta de matrimonio, acta de nacimiento del cónyuge.

López Rosas hizo incapié en que los trámites y gestiones para las jubilaciones y pensiones se debe entregar la papelería anteriormente expuesta a las oficinas de Jubilaciones y pensiones de la Sección 50 del SNTE en un horario exclusivamente de 9 de la mañana a 12 del Día en las fechas arriba mencionadas.




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