Fecha de publicación:12-03-2020
El día 10 diez de febrero del 2020 dos mil veinte Ante mí, Licenciado HERNAN MONTAÑO PEDRAZA, Notario Público Número 60 sesenta, con ejercicio en este Primer Distrito, COMPARECIERON: Los señores ROSENDO VILLARREAL VENEGAS, ROSA NELLY VILLARREAL VENEGAS, RAÚL VILLARREAL VENEGAS, ROBERTO VILLARREAL VENEGAS y ROSALINDA VILLARREAL VENEGAS a INICIAR la Sucesión Testamentaria Acumulada a bienes de sus padres los señores CESAREO VILLARREAL GARZA y su esposa la señora ORELIA VENEGAS GARZA DE VILLARREAL, quienes fallecieron en esta ciudad, el primero el día 23 veintitrés de abril de 1994 mil novecientos noventa y cuatro y la segunda, el día 12 doce de septiembre del 2019 dos mil diecinueve, según las Actas de Defunción número 41 cuarenta y uno, de fecha 23 veintitrés de abril de 1994 mil novecientos noventa y cuatro y 4153 cuatro mil ciento cincuenta y tres, de fecha 13 trece de septiembre del 2019 dos mil diecinueve, ambas levantadas por el C. Oficial 10º. Décimo del Registro Civil de esta ciudad, respectivamente; exhibiendo así mismo el primer testimonio de la Escritura Pública número 4089 cuatro mil ochenta y nueve, de fecha 6 seis de abril de 1994 mil novecientos noventa y cuatro, pasada ante la fe del Licenciado Homero Antonio Cantú Ochoa, Notario Público número 71 setenta y uno, con ejercicio en este Primer Distrito, que contiene el Testamento Público Abierto otorgado por el señor CESAREO VILLARREAL GARZA, en el cual designa como Única y Universal Heredera a su esposa la señora ORELIA VENEGAS GARZA DE VILLARREAL y como Herederos substitutos a sus hijos los señores ROSENDO VILLARREAL VENEGAS, ROSA NELLY VILLARREAL VENEGAS, RAÚL VILLARREAL VENEGAS, ROBERTO VILLARREAL VENEGAS y ROSALINDA VILLARREAL VENEGAS por partes iguales, designando como Albacea a su hijo el señor ROSENDO VILLARREAL VENEGAS y el primer testimonio de la Escritura Pública número 53,696 cincuenta y tres mil seiscientos noventa y seis, de fecha 15 quince de abril de 1999 mil novecientos noventa y nueve, pasada ante la fe del Licenciado Jesús Montaño García, en ese entonces Notario Titular de la Notaría Pública número 60 sesenta, que ejerció en este Primer Distrito, que contiene el Testamento Público Abierto otorgado por la señora ORELIA VENEGAS GARZA DE VILLARREAL, en el cual designa como Únicos y Universales Herederos a sus hijos los señores ROSENDO VILLARREAL VENEGAS, ROSA NELLY VILLARREAL VENEGAS, RAÚL VILLARREAL VENEGAS, ROBERTO VILLARREAL VENEGAS y ROSALINDA VILLARREAL VENEGAS por partes iguales, designando como Albacea a su hijo el señor ROSENDO VILLARREAL VENEGAS. Los Herederos hacen constar que aceptan la herencia en tanto el señor ROSENDO VILLARREAL VENEGAS, el cargo de Albacea conferido de las sucesiones acumuladas y con tal carácter procederá a formular el Inventario de los bienes de las herencias. Al efecto, en los términos de los artículos 881 ochocientos ochenta y uno y 882 ochocientos ochenta y dos del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se inicia en forma Extrajudicial con intervención del suscrito Notario, la Sucesión Testamentaria Acumulada a bienes del señor CESAREO VILLARREAL GARZA y su esposa la señora ORELIA VENEGAS GARZA DE VILLARREAL, dándose a conocer las declaraciones de los comparecientes por medio de dos publicaciones que se harán de 10 diez en 10 diez días en el diario "El Porvenir" que se edita en esta ciudad. Monterrey, N. L., 27 de febrero del 2020. Atentamente. LIC. HERNAN MONTAÑO PEDRAZA NOTARIO PÚBLICO No. 60. MONTERREY, N. L., MEXICO (mzo 2 y 12)
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