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    Número de Edicto 152052

    Fecha de publicación:15-06-2026

    En la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, en el Juzgado Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, a las 11:00 once horas del día 26 veintiséis del mes de junio del año 2026 dos mil veintiséis, tendrá verificativo la Audiencia de Venta Judicial el bien inmueble objeto de la Litis dentro de los autos del expediente judicial número 3049/2024, relativo al juicio ordinario civil promovido por Felipa Puente Alonso, por sus propios derechos; José Antonio Puente Alonso, por sus propios derechos, María de Jesús Puente Alonso, por sus propios derechos; e Idalia Elizabeth Alanís Puente, ostentándose como albacea de la sucesión a bienes de Petra Puente Alonso. En contra de: Ismael Francisco Puente Alonso; y María de Lourdes Puente Alonso; el cual a continuación se describe: UNICA PARTIDA:- Un lote de terreno ubicado en la manzana circundada por las calles Segunda de San Francisco al Norte, Carvajal y de la Cueva al Oriente, Primera de San Francisco al Sur y calle sin nombre al Poniente, cuyo lote de terreno mide (10.00) diez metros de frente al Poniente y a la expresada calle sin nombre, por un fondo hacia el Oriente de (33.52) treinta y tres metros cincuenta y dos centímetros, a lindar con la declarante de la primera parte, así como por su lado Sur, lindando al Norte con el señor Lorenzo Bolaños. Al efecto convóquese a postores publicándose edictos dos veces, uno cada tres días en el Boletín Judicial, en la Tabla de Avisos de éste Juzgado, así como en un periódico de los de mayor circulación, quedando a elección del interesado esto último el hacer la publicación en el Diario el Porvenir, periódico El Norte, en el periódico Milenio Diario de Monterrey o el ABC de Monterrey, de igual manera en la tabla de avisos de este juzgado. Siendo el valor del inmueble antes mencionado la cantidad de $2,500,000.00 (dos millones quinientos mil pesos 00/100 moneda nacional). Para intervenir en la diligencia los postores deberán exhibir previamente el 10% diez por ciento del valor del bien que sirva de base para el remate, por lo que dicho importe corresponderá a la cantidad de $250,000.00 (doscientos cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional). En la inteligencia de que tratándose de apoderados o representantes de personas físicas o morales, a fin de que pueda participar como postores, deberán acompañar poder otorgado en los términos de los artículos 2448 y 2481 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, esto es, que contenga cláusula especial para intervenir en las subastas judiciales, tal y como lo establece el artículo 536 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, Al efecto, la Secretaría de éste Juzgado les proporcionará mayores informes a los interesados, esto de conformidad con el artículo 535 del código procesal civil en consulta. DOY FE. MARIA TRINIDAD LOZANO MARTINEZ C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL (15 y 18)

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