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    Número de Edicto 152036

    Fecha de publicación:10-06-2026

    Inmobiliaria y Desarrollo Regiomontano, Sociedad Anónima de Capital Variable, domicilio ignorado. En cinco de septiembre de dos mil veinticinco, se admitió a trámite el expediente judicial número 164/2025, tramitado ante este Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Rogelio Silva Valdes, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de Erick Brayan, Estefany Sarahi y Kenia Jaqueline, todos de apellidos Silva Gama en contra de Inmobiliaria y Desarrollo Regiomontano, Sociedad Anónima de Capital Variable, El Registrador Público de la Propiedad y del Comercio del Primer Distrito Registral del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León y El Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Primer Distrito Registral del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, al haberse realizado la búsqueda de la parte codemandada en cita, no fue posible localizar su domicilio, por lo que mediante auto de fecha veintitrés de abril de dos mil veintiséis se ordenó emplazar a la parte codemandada Inmobiliaria y Desarrollo Regiomontano, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 03 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en cualquiera de los periódicos ABC, El Porvenir, El Norte o Milenio que se editan en esta Ciudad a elección del actor, publicación que igualmente se hará por medio del Boletín Judicial, a fin de que dentro del término de 09 nueve días ocurra a producir su contestación a la demanda instaurada en su contra si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer, en la cual se reclama la prescripción adquisitiva respecto del siguiente bien inmueble: UN TERRENO RUSTICO, EN EL PUNTO DENOMINADO "PARQUE LA CHUECA", EN LA CONGREGACIÓN DE LOS CAVAZOS, SANTIAGO, NUEVO LEÓN, CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: DEL PUNTO 1 AL 2 CON DISTANCIA DE 7.752 MTS, COLINDANDO CON CAMINO DE ACCESO, DEL PUNTO 2 AL PUNTO 3 CON UNA DISTANCIA DE 0.790 MTS, DEL PUNTO 3 AL 4 CON UNA DISTANCIA DE 16.529 MTS, Y DEL PUNTO 4 AL 5 CON DISTANCIA DE 40.765 MTS, COLINDANDO CON EL SEÑOR ROGELIO SILVA VALDEZ E HILARIO MARROQUIN SILVA, DEL PUNTO 5 AL 6 CON UNA DISTANCIA DE 72.312 MTS Y COLINDANDO CON EL CONDADO DE ASTURIAS, Y DEL PUNTO 6 AL 7 CON DISTANCIA DE 18.848 MTS, DEL PUNTO 7 AL 8 CON UNA DISTANCIA DE 12.590 MTS, DEL PUNTO 8 AL 9 CON UNA DISTANCIA DE 13.649 MTS Y DEL PUNTO 9 AL 10 CON UNA DISTANCIA DE 32.450 MTS Y CERRANDO EL POLIGONO DEL PUNTO 10 AL 1 Y UNA DISTANCIA DE 17.090 MTS, COLINDANDO CON ARROYO SECO, EN CERRANDO UNA SUPERFICIE TOTAL DE 2,223.19 M2, y demás prestaciones accesorias que se señalan en la demanda. En la inteligencia de que la notificación realizada de esta manera surtirá sus efectos a los 10 diez días contados a partir de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Asimismo, prevéngase a la citada demandada, para que dentro del término para contestar la demanda señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García o Santa Catarina, todos del estado de Nuevo León, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se coloque en la tabla de avisos de este Juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Doy fe. ISAAC TIJERINA ALVIZO C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL (10, 11 y 12)

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