Fecha de publicación:05-03-2026
A la Ciudadana María Guadalupe Dionicio Gómez con domicilio ignorado Mediante proveído dictado por el Juzgado Cuarto Familiar de Primer Distrito Judicial del Estado el día 10 diez de febrero del 2026 dos mil veintiséis, dentro del expediente número Expediente 1040/2025, relativo al Juicio ordinario civil sobre pérdida de la patria potestad, se advirtió que ha quedado debidamente acreditado, el desconocimiento general del domicilio de María Guadalupe Dionicio Gómez, por lo que se ordenó notificar a María Guadalupe Dionicio Gómez de la admisión del presente procedimiento por medio edictos que se publiquen por tres veces consecutivas tanto en el periódico "El Porvenir", en el Boletín Judicial del Estado y en el Periódico Oficial del Estado, todos que se editan en la Entidad, a fin que dentro del término de 9 nueve días, ocurra a producir su contestación, si para ello tuviese excepciones legales que hacer valer, y si tuviere probanzas que proponer las ofrezca en dicho escrito. En la inteligencia que la notificación hecha de ésta manera surtirá sus efectos a los 10 diez días contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto ordenado, quedando en la Secretaría de éste Juzgado copia simple del escrito inicial de demanda y demás documentos acompañados para que se imponga de ellos. Previniéndosele de igual forma a María Guadalupe Dionicio Gómez, a fin de que dentro del término concedido en líneas anteriores, señale domicilio para efecto de oír y recibir notificaciones en cualesquiera de los municipios de Apodaca, Guadalupe, General Escobedo, Monterrey, San Nicolás de los Garza de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, en el Estado de Nuevo León, ya que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le efectuaran por medio de instructivo que se coloque en la tabla de avisos de éste Juzgado. Monterrey, Nuevo León, a 16 dieciséis de febrero del 2026 dos mil veintiséis. ELDA PATRICIA PUENTES CANTU C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR (4, 5 y 6)
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