Fecha de publicación:11-12-2025
A la ciudadana María Cortes Ardila Domicilio ignorado. En fecha 02 dos de junio de 2025 dos mil veinticinco, se admitió a trámite en este Juzgado Segundo de Juicio Familiar Oral del Segundo Distrito Judicial en el Estado bajo el expediente judicial número 401/2025, relativo al procedimiento oral sobre divorcio incausado, promovido por Raúl Yáñez Hernández en contra de María Cortes Ardila, ordenándose el emplazamiento de la referida Cortes Ardila, a través de edictos por medio del auto de fecha 21 veintiuno de noviembre de 2025 dos mil veinticinco, los cuales se publicarán por 03 tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial, y en un periódico de los de mayor circulación, ya sea en el periódico El Porvenir, periódico Diario Milenio de Monterrey o periódico El Norte, a elección del interesado, a fin de dar cabal cumplimiento a lo ordenada por este tribunal mediante auto de fecha 02 dos de junio de 2025 dos mil veinticinco, quedando a su disposición en la Secretaria de la Coordinación de Gestión Judicial de los Juzgados de Juicio Familiar Oral del Segundo Distrito del Estado, las copias de traslado correspondientes, a fin de que se imponga de las mismas, a fin de que dentro del término de 09 nueve días contados a partir del siguiente al en que quede legalmente notificada del presente proveído ocurra por escrito ante este Tribunal a producir su contestación a la demanda y oponer las excepciones y defensas de su intención, si las tuviere. También, se le previene a la parte demandada para que dentro del término antes concedido señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las notificaciones personales que se verifiquen en el presente trámite se le harán por medio de la tabla de avisos que se lleva en este tribunal, de conformidad con el numeral 68 de la codificación adjetiva en comento. Aclaración hecha de que la notificación realizada así surtirá sus efectos a los 10 diez días contados desde el siguiente al de la última publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaria del Juzgado a disposición de la parte reo, las copias de traslado de la demanda de inicial, y documentos acompañados a la misma, así como demás constancias de autos, para que ocurra a éste Tribunal por escrito, a contestar la demanda promovida en su contra. LICENCIADA MIRIAM VERÓNICA PÉREZ VILLALOBOS SECRETARIO ADSCRITA A LA COORDINACIÓN DE GESTION JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO (10, 11 y 12)
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