Fecha de publicación:09-12-2024
PRIMERA ALMONEDA Juzgado Octavo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado de Nuevo León, México. Dirección: Centro de Justicia Civil y Mercantil, calle Matamoros número 347, esquina con Avenida Pino Suarez, Zona Centro, Monterrey, Nuevo León. Expediente judicial número 656/2023. Juicio Ejecutivo Mercantil. Actor: Carlos Adrián García López, en su carácter de endosatario en procuración de Servicios y Alternativas Económicas Finesa, S.A. de C.V. Demandada: María Cristina Torres Hernández y Julio Cesar Tavares Prieto. Fecha del remate: 12:00 doce horas, del día 17 diecisiete de diciembre del año 2024 dos mil veinticuatro. Bien a rematar: METEORO NUMERO 403, DEL FRACCIONAMIENTO VALLE DEL PEDREGAL LOTE NUMERO 18, (DIECIOCHO) MANZANA NUMERO 173, (CIENTO SETENTA Y TRES), DEL MUNICIPIO DE APODACA, NUEVO LEON. CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 105.00 M2. (CIENTO CINCO METROS CUADRADOS) CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE MIDE 15.00 MTS, Y COLINDA CON EL LOTE 19, AL SUR MIDE 15.00 MTS, Y COLINDA CON EL LOTE 17, AL ORIENTE MIDE 7.00 MTS. Y COLINDA CON EL LOTE 21, AL PONIENTE MIDE 7.00 MTS. FRENTE A LA CALLE METEORO. LA MANZANA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA POR LAS SIGUIENTES CALLES: AL NORTE CALLE VESTA, AL SUR CALLE PALAS, AL ORIENTE CALLE ASTEROIDE Y AL PONIENTE CALLE METEORO. Cuyos datos de registro son: Inscrito bajo el número 6423, volumen 79, libro 139, Sección Propiedad, Unidad Apodaca, de fecha 4 de agosto del año 2004. Base del remate (valor avalúo $850,000.00 (ochocientos cincuenta mil pesos 00/100 moneda nacional), el cual representa el valor pericial del mayor de los avalúos rendidos en autos. Postura Legal: $566,666.66 (quinientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional), que corresponde a las dos terceras partes del avalúo emitido por el perito designado en autos. Así las cosas, convóquese a los postores a la citada audiencia mediante edictos que deberán publicarse 2 dos veces en el periódico "EL Norte", o "Milenio Diario", o "El Porvenir", o "El Horizonte" -a elección del actor-. Con la aclaración de que entre la primera y la segunda publicación, deberá mediar un lapso de nueve días. En la inteligencia de que entre la última publicación y la fecha del remate deberá mediar un plazo no menor de cinco días. Asimismo, se previene a la parte actora ejecutante para que publique los edictos en el periódico que elija en forma "legible" a fin de que el lector común se imponga de los mismos. Para lo cual -a título de ejemplo, más no limitativo- se le informa que puede usar de preferencia los siguientes números de letras: El Norte 9.7, El Porvenir 7 y el Horizonte 5.5. Quedando apercibido el actor ejecutante de que en caso de que sean ilegibles a simple vista, la publicación de los edictos quedará sin valor probatorio, toda vez que imposibilitaría al juzgador para examinar su contenido real, circunstancia esta de suma importancia al ser trascendental para los efectos de hacer publicidad al remate, en especial a los postores; lo anterior con fundamento en los artículos 197, 202 y 203 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio. Monterrey, Nuevo León, México, a 21 veintiuno de noviembre del año 2024 dos mil veinticuatro. LICENCIADO SERGIO RODRÍGUEZ BORJA. CIUDADANO SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO OCTAVO DE JURISDICCIÓN CONCURRENTE DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN. (25 y 9)
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