Banner Edicion Impresa

Buscar Edicto


Categoria

De:
hasta:

    EDICTO DE REMATE

    Fecha de publicación:05-11-2024

    Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial del Estado de Nuevo León, Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial, Monterrey, N.L., Expediente 1542/2018. Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial del Estado. Ubicación: Centro de Justicia Civil y Mercantil, Avenida Pino Suárez Sur, número 602, Centro en Monterrey, Nuevo León. Datos de expediente: Expediente 1542/2018, relativo al juicio ejecutivo mercantil, que promueve Adolfo Javier Martínez Treviño, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de Banco Santander México, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México, en contra de Mónico Sustaita Rojas y Ma. Isabel Salazar Salazar. Remate en pública subasta y primera almoneda. Fecha de remate: 12:30 doce horas con treinta minutos del día 2 dos de diciembre de 2024 dos mil veinticuatro. Bien a rematar: LA C. LIC. SILVIA YOLANDA OBREGON CABRIELES, OCTAVO REGISTRADOR PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO EN LA PRIMERA CABECERA DISTRITAL CON RESIDENCIA EN MONTERREY, NUEVO LEON, CERTIFICO: QUE LA PROPIEDAD INSCRITA A FAVOR DEL SR. MA. ISABEL SALAZAR SALAZAR; BAJO LOS SIGUIENTES DATOS DE REGISTRO: NUMERO 538 VOLUMEN 57, LIBRO 11. SECCION I PROPIEDAD, UNIDAD APODACA, NUEVO LEON, DE FECHA 15 DE OCTUBRE DE 1997 REPORTA LOS GRAVAMENES QUE SE ANOTAN AL FINAL DE LA TRANSCRIPCION DE SU INSCRIPCION.- LOTE CONSTITUYE MZ 06 CATASTRALMENTE 368 LT 21 T N-06 DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "LAS PRADERAS TERCER SECTOR" UBICADO EN EL MUNICIPIO DE APODACA, N.L TENIENDO DICHO LOTE UNA SUPERFICIE TOTAL DE 105.00 M2 Y CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS DEL LOTE: AL NORTE 7.00 MTS. CON LOTE 16 AL SUR 7.00 MTS CON CALLE VIGO AL ESTE 15.00 MTS. CON LOTE 20 AL OESTE 15.00 MTS.CON LOTE 22 CIRCUNDANCIAS DE LA MANZANA :---- AL NORTE CON CALLE RONCESVALLES AL SUR CON CALLE VIGO AL ESTE CON CALLE ESTEFANIA AL OESTE CON CALLE ADELFAS QUE EN EL LOTE DE TERRENO QUE QUEDO DESCRITO EN LA DECLARACION QUE ANTECEDE, EL INFONAVIT DE ACUERDO CON SUS FACULTADES ORDENO Y FINANCIO POR CUENTA DEL TRABAJADOR LA CONSTRUCCION DE UNA VIVIENDA: QUE ES LA MARCADA CON EL NÚMERO 104 DE LA CALLE VIGO DEL CONJUNTO HABITACIONAL "LAS PRADERAS TERCER SECTOR UBICADO EN EL MUNICIPIO DE APODACA. N.L MISMA VIVIENDA QUE TIENE LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: TIPO-UNIFAMILIAR QUE CONSTA DE 1 PLANTA, 2 RECAMARAS, 1 ALCOBA SALA COMEDOR, COCINA, UN BAÑO Y PATIO DE SERVICIO. Sirviendo de base para el remate del bien raíz citado con antelación la cantidad de $710,000.00. (setecientos diez mil pesos 00/100 moneda nacional) que corresponde al valor pericial atendiendo al avalúo rendido por el perito designado en autos, y será postura legal para intervenir en la audiencia de remate, la cantidad de $473,333.33 (cuatrocientos setenta y tres mil trescientos treinta y tres pesos, 33/100 moneda nacional), que representa las dos terceras partes de la cantidad en comento. Por lo que convóquese a postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse 2 dos veces, en el periódico "El Norte", "Milenio" o "El Porvenir" que se edita en esta Ciudad, a elección del accionante, haciéndose saber que entre la primera y la segunda deberá mediar un lapso de 9 nueve días y entre la última publicación de éstos y la fecha del remate deberá mediar un plazo no menor de 5 cinco días, lo anterior de conformidad con el numeral 1411 del Código de Comercio. Asimismo, se hace del conocimiento que aquellas personas que deseen intervenir como postores al multicitado remate deberán, consignar mediante certificado de depósito expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, el 10% (diez por ciento) de la suma que sirve como valor total de los avalúos rendidos por los peritos en juicio, sin cuyos requisitos no serán admitidos en dicha subasta, acorde con los dispositivos 482, 483, 484 y demás relativos del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al Código de Comercio, y que además dichos postores deberán cumplir con los requisitos establecidos por el artículo 481 de la referida codificación procesal, supletoria al Código de Comercio. LICENCIADO MAURICIO LEAL ESPINOSA RÚBRICA SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE JURISDICCIÓN CONCURRENTE DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO (5 y 22)

    Versión Impresa