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    EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

    Fecha de publicación:20-05-2022

    Al C. HUMBERTO PÉREZ DE MENDOZA.- DOMICILIO IGNORADO. Con fecha 28-veintiocho de febrero del año 2022-dos mil veintidós, se radicó en este Juzgado Tercero de lo Familiar, el Expediente Judicial número 250/2022, formado con motivo del Juicio Ordinario Civil sobre Contradicción de Paternidad promovido por María Fernanda Pérez Dávila y José Joel de Anda García en contra de Humberto Pérez de Mendoza, María Ery Coynta Dávila Guerrero, Director General del Registro Civil en el Estado y Oficial Décimo Noveno del Registro Civil con ejercicio en Monterrey, Nuevo León, mediante auto de fecha 12 doce de mayo del 2022 dos mil veintidós, se admitió a trámite el presente procedimiento, y se ordenó emplazar al Ciudadano HUMBERTO PÉREZ DE MENDOZA por medio de edictos que se publicarán por 3 tres veces consecutivas tanto en el Periódico El Porvenir, Periódico Oficial del Estado, y Boletín Judicial, que se editan en esta Ciudad, para efecto de llamar al antes citado, para que dentro del término de 9 nueve días, contados a partir de surta efectos la notificación en comento, ocurra a producir su contestación a la demanda interpuesta en su contra, si para ello tuviese excepciones que hacer valer su debida instrucción, lo anterior atendiendo a lo estipulado por los artículos 69 y 73 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, aclaración hecha de que la notificación realizada de ésta forma surtirá sus efectos a los 10-diez días contados desde el siguiente al de la última publicación del edicto, quedando en la Secretaría del Juzgado a disposición del citado Humberto Pérez de Mendoza, las copias simples de la demanda y demás documentos acompañados (interrogatorio, boleta de departamento de genética de prueba de paternidad, 3-tres impresiones de actas electrónicas del Registro Civil, 2-dos actas del Registro Civil y 3-tres impresiones de google maps), para su debida instrucción, lo anterior conforme a los artículos 56, 58, 60, 69 y, 73 del citado ordenamiento procesal civil; asimismo, se le apercibe a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios a saber: Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, del Estado de Nuevo León, ya que de no hacerlo así, las notificaciones de carácter personal que se ordenen en su persona se le harán por medio de un instructivo que se fije en la tabla de avisos de este juzgado. DOY FE.- Monterrey, Nuevo León a 13-trece de mayo del año 2022-dos mil veintidós. LICENCIADA JENHY ELIZABETH PÉREZ RANGEL. C. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO. (may 19, 20 y 23)

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