Fecha de publicación:15-12-2025
Ante el Suscrito Notario, con fecha del 28 de noviembre del 2025, comparecieron los señores EVANGELINA REYNA MARIN, LIDIA REYNA MARIN, ELIZABETH REYNA MARIN, MARIA ESTHER REYNA MARIN, JOSE ALFREDO REYNA MARIN, MARIA DE JESUS REYNA MARIN, JOSE MARTIN REYNA MARIN y EZEQUIEL REYNA MARIN, lo cual se hizo constar mediante la Escritura Pública Número 187,174 de la que se desprende que me exhibieron los siguientes documentos: a). - El ACTA DE DEFUNCIÓN número 7040 (siete mil cuarenta), de fecha 17 (diecisiete) de febrero del año 2002 (dos mil dos), levantada en la Oficialía del Registro Civil número 08 (ocho), en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León; en donde se acredita la defunción de la señora NATALIA MARIN CASTAÑEDA, acaecida el día 16 (dieciséis) de octubre del año 2002 (dos mil dos), b).- El primer testimonio de la Escritura Pública Número 185,405 (ciento ochenta y cinco mil cuatrocientos cinco), de fecha 25 (veinticinco) días del mes de agosto del año 2025 (dos mil veinticinco), pasada ante la fe del Suscrito Notario Público, Asociado con el Licenciado JUAN MANUEL GARCIA CAÑAMAR, Notario Público, Titular de la Notaría Pública número 53 (cincuenta y tres), ambos con ejercicio en el Primer Distrito en el Estado, relativa al Procedimiento Administrativo de la SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE LA SEÑORITA BLANCA ESTHELA REYNA MARIN, en la cual fueron reconocidos como sus Únicas y Universales Herederas la señora MARIA ESTHER REYNA MARIN y la señora MARIA DE JESUS REYNA MARIN y c).- Las Actas de Nacimiento de los comparecientes con las cuales justificaron su parentesco con su madre la señora NATALIA MARIN CASTAÑEDA, y se cómo sus Únicas y Universales Herederas la señora Maria Esther Reyna Marin y la señora Maria de Jesus Reyna Marin. Así mismo se designó como Albacea de la mencionada Sucesión a la señora Maria de Jesus Reyna Marin, quien aceptó dicho cargo, protestando su fiel y legal desempeño, manifestando que procederá a la elaboración del Inventario de los Bienes que forman el Haber Hereditario. Lo anterior se publicará por 2 (dos) veces, con intervalo de 10 (diez) días. Lo antes expuesto, de conformidad con los Artículos 881 ochocientos ochenta y uno y 882 ochocientos ochenta y dos, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Nuevo León. DOY FE. San Pedro Garza García, N.L., a 01 de Diciembre del 2025 LIC. JUAN MANUEL GARCÍA GARCÍA NOTARIO PÚBLICO TITULAR NÚMERO 129 GAGJ-451030-4S7 (5 y 15)
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