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Qué pasa no realizan reparaciones en la propiedad rentada
Publicación:31-05-2024
TEMA: #Economia
El juez podrá resolver sobre el pago de daños y perjuicios que se causen al arrendatario por no hacer el arrendador las reparaciones oportunamente.
CIUDAD DE MÉXICO, mayo 31 (EL UNIVERSAL).- De acuerdo con el sitio Justicia México, si el arrendador no cumple con hacer las reparaciones necesarias para el uso a que está destinada la casa, quedará a elección del arrendatario
rescindir el contrato o bien acudir ante el juez para que este obligue al cumplimiento.
El juez podrá resolver sobre el pago de daños y perjuicios que se causen al arrendatario por no hacer el arrendador las reparaciones oportunamente.
¿Es posible que un inquilino se pueda quedar con el lugar donde renta?
De acuerdo con el Código Federal de Procedimientos Civiles, no hay manera de que un inquilino se quede con la propiedad que renta, ya que especifica que en el contrato de arrendamiento el arrendador se obliga a transmitir el uso o goce temporal de un bien inmueble al arrendatario quien se obliga a pagar un precio cierto.
Según la ley, esto se debe a que en la mayor parte de los casos, incluso cuando no hay un contrato o una clara situación jurídica, es demostrable que la propiedad es arrendada y que no pertenece al inquilino.
En tanto, es de suma importancia tratar de contar con un contrato para que respalde la posesión del inmueble en calidad de inquilino.
Por su parte, de acuerdo con Vivanuncios, detalló que en caso de que el propietario planee traspasar la propiedad de la vivienda y el inquilino haya rentado la casa por más de cinco años, este puede proteger su derecho a adquirir el inmueble con base en el artículo 2448-J del Código Civil. Sin embargo, debe considerar que una de las condiciones para que esto sea posible, es haber realizado modificaciones significativas a la propiedad en el tiempo en el que la rentó.
El juez podrá resolver sobre el pago de daños y perjuicios que se causen al arrendatario por no hacer el arrendador las reparaciones oportunamente.
¿Es posible que un inquilino se pueda quedar con el lugar donde renta?
De acuerdo con el Código Federal de Procedimientos Civiles, no hay manera de que un inquilino se quede con la propiedad que renta, ya que especifica que en el contrato de arrendamiento el arrendador se obliga a transmitir el uso o goce temporal de un bien inmueble al arrendatario quien se obliga a pagar un precio cierto.
Según la ley, esto se debe a que en la mayor parte de los casos, incluso cuando no hay un contrato o una clara situación jurídica, es demostrable que la propiedad es arrendada y que no pertenece al inquilino.
En tanto, es de suma importancia tratar de contar con un contrato para que respalde la posesión del inmueble en calidad de inquilino.
Por su parte, de acuerdo con Vivanuncios, detalló que en caso de que el propietario planee traspasar la propiedad de la vivienda y el inquilino haya rentado la casa por más de cinco años, este puede proteger su derecho a adquirir el inmueble con base en el artículo 2448-J del Código Civil. Sin embargo, debe considerar que una de las condiciones para que esto sea posible, es haber realizado modificaciones significativas a la propiedad en el tiempo en el que la rentó.
« El Universal »
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