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Prohíbe SAT refacturar con timbrado 2022

Prohíbe SAT refacturar con timbrado 2022


Publicación:07-02-2023

TEMA: #SAT  

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A partir del primero de marzo, la facturación saldrá con fecha del 2023.

CIUDAD DE MÉXICO.- Comercios, tiendas departamentales y empresas de servicios están recordando a sus clientes que tienen como fecha límite este 28 de febrero para refacturar comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) con datos del 2022. Es decir que si tienen que facturar de nuevo un comprobante fiscal emitido en 2022, porque se anuló por algún error o por un cargo incorrecto, para reemplazarlo por otro con los ajustes, sólo podrán hacerlo hasta el 28 de febrero.
A partir del primero de marzo, la facturación saldrá con fecha del 2023. "Cliente recuerda que tienes hasta el 28 de febrero para refacturar con timbrado 2022. Lo solicitado posterior a dicho día, timbrará con fecha del 2023". Así lo está dando a conocer una empresa de servicios de telecomunicaciones a sus clientes.
También otras tiendas que operan con el modelo de club de precios. El timbrado de facturas es un medio de verificación para darle validez fiscal, que asegura que es auténtica. Al timbrar un CFDI se le pone un sello digital que certifica las facturas y les da validez por medio de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) que tiene el permiso del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El PAC es la empresa encargada de asignar a cada factura el folio fiscal proporcionado por el SAT. La factura debe llevar un número de folio único e irrepetible que la avale desde el momento de su emisión. Si el contribuyente no hace el cambio, no podrá presentar la factura cómo válida para efectos fiscales del 2022. Es decir, que no le servirá para la declaración de impuestos del 2022 o para la devolución de impuestos.


« El Universal »