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PJ reaccionó positivamente a reforma eléctrica: ICC México

Publicación:11-03-2021
TEMA: #Economia
La reforma no garantiza la competencia y libre concurrencia en el sector energético
CIUDAD DE MÉXICO.- Al admitir los primeros amparos y conceder la suspensión provisional a los efectos de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, el Poder Judicial frenó los daños que se causarían a las inversiones, al medio ambiente y a la libre competencia, dijo la International Chamber of Commerce
(ICC) México.
Explicó que el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, y Jurisdicción en toda la República otorgó la suspensión provisional al juicio de amparo 119/2021, 118/2021 y su acumulado 120/2021.
"El Poder Judicial ha reaccionado en sentido positivo y cumplido las expectativas al otorgar 2 suspensiones provisionales con efectos generales en contra de esta reforma", dijo el ICC.
La reforma no garantiza la competencia y libre concurrencia en el sector energético, es decir, es contraria a los artículos 25 y 28 constitucionales.
Aseguró que afecta los derechos de los usuarios finales, se permiten barreras para ingresar al mercado eléctrico mayorista, se otorgan ventajas para ciertos participantes, genera incertidumbre a los generadores que tienen algún permiso de generación, modifica de manera repentina las reglas de operación y desincentiva la inversión en el sector eléctrico.
Además, dijo, de que la reforma puede producir daños irreparables al medio ambiente porque desincentiva la producción de energías limpias y fomenta la operación de centrales convencionales.
El ICC aseguró que los "razonamientos (del juez) son de índole estrictamente jurídico y que no están basados en apreciaciones ideológicas o subjetivas".
Explicó que el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, y Jurisdicción en toda la República otorgó la suspensión provisional al juicio de amparo 119/2021, 118/2021 y su acumulado 120/2021.
"El Poder Judicial ha reaccionado en sentido positivo y cumplido las expectativas al otorgar 2 suspensiones provisionales con efectos generales en contra de esta reforma", dijo el ICC.
La reforma no garantiza la competencia y libre concurrencia en el sector energético, es decir, es contraria a los artículos 25 y 28 constitucionales.
Aseguró que afecta los derechos de los usuarios finales, se permiten barreras para ingresar al mercado eléctrico mayorista, se otorgan ventajas para ciertos participantes, genera incertidumbre a los generadores que tienen algún permiso de generación, modifica de manera repentina las reglas de operación y desincentiva la inversión en el sector eléctrico.
Además, dijo, de que la reforma puede producir daños irreparables al medio ambiente porque desincentiva la producción de energías limpias y fomenta la operación de centrales convencionales.
El ICC aseguró que los "razonamientos (del juez) son de índole estrictamente jurídico y que no están basados en apreciaciones ideológicas o subjetivas".
« El Universal »
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