Económico Valores
Lanzan "salvavidas fiscal" a Pemex
Publicación:13-02-2024
TEMA: #Economia
Con el objeto de mantener la inversión física en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos
CIUDAD DE MÉXICO, febrero 13 (EL UNIVERSAL).- La empresa Petróleos Mexicanos (Pemex) contará con estímulos fiscales
, informó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Lo anterior, con el objeto de mantener la inversión física en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos y evitar que las condiciones económicas globales deterioren la capacidad del país para generar condiciones que le permitan cumplir con los compromisos de producción de hidrocarburos.
A través de un decreto firmado por el Ejecutivo, se pone de relieve que pese a diversos apoyos al régimen fiscal de Pemex, el nivel de precios en el ramo de los hidrocarburos en el ámbito internacional, ha generado afectaciones en su desempeño operativo.
Lo anterior por la reducción en las deducciones permitidas bajo el régimen tributario actual, ya que para la determinación de estas se considera el valor de los hidrocarburos extraídos en el ejercicio fiscal correspondiente.
De ahí que se hace necesario, otorgar un estímulo fiscal a los asignatarios que estén obligados a realizar pagos provisionales mensuales de conformidad con el artículo 42 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, a cuenta del derecho por la utilidad compartida correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre, de 2023, así como enero de 2024.
Hacienda detalló que el estímulo consiste en un crédito fiscal equivalente al 100% del monto del derecho por la utilidad compartida que corresponda a los meses mencionados.
Se podrá acreditar contra el mismo derecho que resulte a pagar en dichos periodos mensuales a cuenta del derecho anual correspondiente al ejercicio fiscal 2023 y al ejercicio fiscal 2024, respectivamente.
Además, se autoriza otro estímulo por medio de un crédito fiscal equivalente al 100% del monto del derecho de extracción de hidrocarburos que corresponda a los meses referidos, y se podrá acreditar contra el mismo derecho que resulte a pagar en dichos periodos mensuales.
Estos beneficios no constituyen ingresos acumulables para fines fiscales ni darán lugar a devolución alguna, puntualizó la dependencia.
Informó que para la aplicación del decreto el Servicio de Administración Tributaria expedirá las disposiciones de carácter general necesarias.
Lo anterior, con el objeto de mantener la inversión física en actividades de exploración y extracción de hidrocarburos y evitar que las condiciones económicas globales deterioren la capacidad del país para generar condiciones que le permitan cumplir con los compromisos de producción de hidrocarburos.
A través de un decreto firmado por el Ejecutivo, se pone de relieve que pese a diversos apoyos al régimen fiscal de Pemex, el nivel de precios en el ramo de los hidrocarburos en el ámbito internacional, ha generado afectaciones en su desempeño operativo.
Lo anterior por la reducción en las deducciones permitidas bajo el régimen tributario actual, ya que para la determinación de estas se considera el valor de los hidrocarburos extraídos en el ejercicio fiscal correspondiente.
De ahí que se hace necesario, otorgar un estímulo fiscal a los asignatarios que estén obligados a realizar pagos provisionales mensuales de conformidad con el artículo 42 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, a cuenta del derecho por la utilidad compartida correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre, de 2023, así como enero de 2024.
Hacienda detalló que el estímulo consiste en un crédito fiscal equivalente al 100% del monto del derecho por la utilidad compartida que corresponda a los meses mencionados.
Se podrá acreditar contra el mismo derecho que resulte a pagar en dichos periodos mensuales a cuenta del derecho anual correspondiente al ejercicio fiscal 2023 y al ejercicio fiscal 2024, respectivamente.
Además, se autoriza otro estímulo por medio de un crédito fiscal equivalente al 100% del monto del derecho de extracción de hidrocarburos que corresponda a los meses referidos, y se podrá acreditar contra el mismo derecho que resulte a pagar en dichos periodos mensuales.
Estos beneficios no constituyen ingresos acumulables para fines fiscales ni darán lugar a devolución alguna, puntualizó la dependencia.
Informó que para la aplicación del decreto el Servicio de Administración Tributaria expedirá las disposiciones de carácter general necesarias.
« El Universal »
Te podria interesar
Otras Noticias