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Integran aeropuertos al Grupo Aeroportuario Olmeca-Maya

Integran aeropuertos al Grupo Aeroportuario Olmeca-Maya


Publicación:18-08-2023
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Se autoriza la desincorporación de cuatro aeropuertos

CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó esta tarde en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución por la cual se autoriza la desincorporación de cuatro aeropuertos para fusionarlos con el Grupo Aeroportuario, Ferroviario, de Servicios Auxiliares y Conexos, Olmeca-Maya-Mexica.
Los aeropuertos que se desincorporan son: el Aeropuerto Internacional de Palenque, Señor Pakal; el Aeropuerto Internacional de Chetumal, Cuna del Mestizaje; el Aeropuerto Internacional de Tulum, Zamá; y la Aerolínea del Estado Mexicano, S.A. de C.V. (Mexicana de Aviación).
De conformidad con el Acuerdo 23-II-9, emitido por la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, en su Segunda Sesión Ordinaria 2023, celebrada el 7 de agosto, se establece como plazo máximo el 21 de agosto de 2023, para concluir el proceso de desincorporación por fusión, al que se refiere la resolución, surtiendo efectos a más tardar el 1 de septiembre de 2023, indica el DOF, para el Aeropuerto Internacional de Palenque, el Aeropuerto Internacional de Chetumal y el Aeropuerto Internacional de Tulum.
Mientras que para la desincorporación de la Aerolínea del Estado Mexicano se tiene como plazo máximo el 1 de febrero de 2024.
Los aeropuertos conservarán su personalidad jurídica exclusivamente para los efectos del proceso de desincorporación por fusión, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Asimismo, la Secretaría de la Defensa Nacional, en su carácter de coordinadora de sector, publicará en el DOF, las bases de liquidación por fusión de las entidades a que se refiere la resolución, en un plazo no mayor a 30 días naturales después de la publicación de la resolución en el DOF.
Las erogaciones que se generen con motivo de la desincorporación por fusión se realizarán con cargo al presupuesto autorizado para la Secretaría de la Defensa Nacional, con movimientos compensados, por lo que no se incrementará su presupuesto regularizable y no se autorizarán recursos adicionales para el ejercicio fiscal de que se trate, ni para ejercicios subsecuentes.
Mientras que la Secretaría de la Función Pública vigilará el cumplimiento de lo establecido en esta resolución.


« El Universal »