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Fijan reglas para la operación de bares y antros

Fijan reglas para la operación de bares y antros


Publicación:05-09-2021
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En la capital

CIUDAD DE MÉXICO.- Aunque el gobierno de la Ciudad de México decidió que se reactivarán las operaciones de bares, cantinas , antros, discotecas y salones de fiesta a partir de la próxima semana, podrán hacerlo sólo con 50% de su aforo y con servicio hasta la medianoche.
En la gaceta capitalina se dieron a conocer los lineamientos para la próxima semana del programa Abrir sin Arriesgar, donde señala que dichos establecimientos también deben priorizar el uso de terrazas o espacios al aire libre.
El documento también expone que en el caso de lugares con actividades o eventos masivos, entre deportivos, culturales, espectáculos, conciertos u homólogos, podrán operar con un aforo máximo de 75%, conforme al horario permitido en su aviso o permiso de funcionamiento.
Mientras que los restaurantes podrán dar servicio sin restricciones, aunque continuarán con las reglas previstas en el Programa de Colocación de Enseres e Instalaciones en vía Pública para Establecimientos Mercantiles, denominado Ciudad al Aire Libre.
El resto de los sectores y establecimientos abrirán con el aforo, horario y disposiciones aplicables a su aviso o permiso de funcionamiento.
El gobierno local también determinó que, desde el lunes, los corporativos y oficinas del sector privado operarán con un aforo máximo de 80% de su plantilla laboral, debiendo cumplir con las medidas sanitarias.
El documento refiere que las empresas deberán cumplir con las diversas medidas generales de protección a la salud, entre la colocación de filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura al ingreso al inmueble; no se permitirá la entrada a quienes presenten temperatura mayor a 37.5 grados y el uso obligatorio del cubrebocas en todo momento.
También se pide priorizar el uso de ventilación natural, la colocación de dispensadores de gel antibacterial, y habilitación de sentidos de circulación para la entrada y salida.
El Instituto de Verificación Administrativa (Invea) realizará las actividades de supervisión y vigilancia, a efecto de comprobar el cumplimiento de las medidas, y en caso de que en las visitas de supervisión y vigilancia se constate algún incumplimiento, la autoridad verificadora ordenará la suspensión temporal total o parcial de la actividad hasta por 15 días naturales, sin perjuicio de cualquier otra sanción que corresponda.


« El Universal »