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Emergencia sanitaria no excluye pago de impuestos

Emergencia sanitaria no excluye pago de impuestos
Así que no esperes a que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) decrete una prórroga para cumplir con esta obligación.

Publicación:01-04-2020
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La recaudación tributaria fue considerada como una actividad esencial de entre los sectores que no van a parar mientras dure la emergencia.

CIUDAD DE MÉXICO.- La emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor que decretó el Consejo de Salubridad General por el coronavirus no te exime de pagar impuestos.
La recaudación tributaria fue considerada como una actividad esencial de entre los sectores que no van a parar mientras dure la emergencia.
Bajo ese contexto, hay que recordar que hoy 31 de marzo termina la temporada de la declaración anual de impuestos para las empresas correspondiente al ejercicio 2019, y mañana primero de abril empieza para las personas físicas.
Así que no esperes a que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) decrete una prórroga para cumplir con esta obligación.
Declarar ante el fisco, no sólo implica presentar la declaración anual de tus gastos y de los que obtuviste el año pasado, sino también el pago correspondiente del impuesto sobre la renta (ISR), que es un gravamen que se aplica a los ingresos.
La fiscalista de E&Y, Nora Morales, señaló que con la emergencia, no se suspende el plazo para la presentación de la declaración anual.
Además, consideró inviable interponer un juicio de amparo por parte de los contribuyentes, para conseguir que les den más tiempo para su declaración y pago de impuestos.
Morales dijo que si bien hay que analizar el documento que se publique en el Diario Oficial de la Federación para ver el impacto legal en materia fiscal, lo más probable es que no se suspenderán las facultades de comprobación del SAT.
Es decir, que si no cumples, tendrás que pagar multas, recargos y actualizaciones por incumplimiento o hacerlo fuera de tiempo, que en este caso, sería si es después de abril.
Por eso, lo mejor en estos momentos es prepararte, sobre todo porque si tienes un saldo a favor, el SAT está prometiendo agilidad en la devolución de impuestos.
Si presentas tu declaración anual este primero de abril, podrás recibir en tu cuenta bancaria el reembolso, el próximo tres de abril, esto como una medida de apoyo a la economía de los contribuyentes.
Hay que recordar que el SAT ya tiene prellenadas las declaraciones de impuestos de miles de contribuyentes -personas físicas-, lo único que tienes que hacer es entrar al portal, y darle enviar si es que estás de acuerdo con los datos.
Para pagar, también lo puedes hacer en línea con tu cuenta bancaria.
Si tienes dudas o no cuentas con un asesor contable, puedes recurrir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), quien está dando atención telefónica en el número: 55 1205-9000 en la Ciudad de México, y 800 611 0190 Lada sin costo en el interior del país.
Prodecon lanzó la campaña Declara en tu Casa, tomando en cuenta que la mayor parte de la información que necesitan las personas físicas ya está precargada en la página del SAT, y que sólo se requiere validarla y enviarla para cumplir con su obligación fiscal.


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