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Opinión Editorial


Protección del patrimonio de ciudadanos


Publicación:20-04-2020
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Ambas propuestas tienen la finalidad de apoyar a los ciudadanos ante la crisis que el Covid 19 ha generado

Para proteger a los ciudadanos en su patrimonio y bienes económicos que pudieran verse afectados por la pandemia del Covid 19, presentamos dos iniciativas de reformas al Código Civil del Estado y a la Ley de Ingresos Municipales.

 

La primera de las propuestas es en relación al Código Civil del Estado para que, ante la contingencia que se vive por el Coronavirus, en su  Artículo 2005 se establezca el concepto de caso fortuito.

 

El concepto de caso fortuito es para que no sea responsabilidad de las partes y además dentro de los contratos que se celebren en ellos cuando haya contratos de mutuo interés o los que le llaman de garantía prendaria dentro de los términos donde está declarada la pandemia, no puedan ser adjudicados ni puestos en remate por un incumplimiento del pago.

 

Asimismo, en los locales dedicados a arrrendatarios de bienes en particulares y comercios de bienes y servicios este tiempo no provoque desocupación forzosa de los inmuebles al igual que en casas habitación y  en el régimen de condominio no se incurra en una conducta morosa.
La otra reforma es referente a Ley de Ingresos de los Municipios en el ejercicio 2020 a fin de que, derivado de la pandemia, en el impuesto predial y la adquisición de inmuebles, no genere recargos el incumplimiento de los ciudadanos.

 

Ambas propuestas tienen la finalidad de apoyar a los ciudadanos ante la crisis que el Covid 19 ha generado.

 

En ambas iniciativas se señala como periodo de gracia los meses de Abril y Mayo cuando se supone que la crisis por el Covid 19 tendrá mayores efectos.



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