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Opinión Editorial


Ley Agraria del 6 de enero de 1915


Publicación:07-01-2019
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El problema de la propiedad de la tierra, forma parte de la historia de México, particularmente durante el empeño de conquista y colonización de los españoles, al quitarles a los pueblos originarios sus bienes físicos y culturales, en particular, el derecho a conservar sus propiedades, sus tierras.

El movimiento de independencia de México, no favoreció a los campesinos mexicanos, más bien, los hacendados y la iglesia católica se apropiaron de grandes extensiones de tierra, dando origen al latifundismo, que habría de modificarse sustancialmente con las Leyes de Reforma, expropiando tierras de latifundistas, de la iglesia católica y comunidades indígenas y vendida a los nuevos capitalistas importantes extensiones de tierra, dando origen al latifundismo laico durante la segunda mitad del siglo XIX, época del Porfiriato y de la dictadura político militar donde se pregonaba mucha administración y poca política, con una ausencia total de política social y democracia.

La lucha por los derechos sociales de los campesinos, implicaba la propiedad social de la tierra, que el general Emiliano Zapata supo incorporar al Plan de Ayala y hacerlo bandera revolucionaria, que lo caracterizó durante el movimiento en torno a Madero después Venustiano Carranza y, hasta su muerte, la consigna de Tierra y Libertad, habrían de ser bandera de lucha revolucionaria de los campesinos.

La Ley Agraria del 6 de enero de 1915, promulgada por el encargado del Poder Ejecutivo de los Estados Unidos Mexicanos y Jefe de la Revolución don Venustiano Carranza, sacó un pie adelante al movimiento zapatista y, como Jefe de la Revolución ordenó a los gobernadores de los Estados, cumplir y hacer cumplir el contenido de dicha Ley Agraria.

El contenido de la Ley Agraria decreta la nulidad de las enajenaciones de tierras, aguas y montes pertenecientes a los pueblos, rancherías, congregaciones o comunidades, hechas por los Jefes Políticos, Gobernadores de los Estados  o cualquier otra autoridad local, en contravención a los dispuesto en la ley del 25 de junio de 1856 y demás leyes relativas; así mismo declara nula las concesiones, composiciones o ventas de tierras, aguas y montes, hechas por la Secretaría de Fomento, Hacienda o cualquier otra autoridad federal; así como, son nulas todas las diligencias o deslinde, practicadas durante el período de tiempo a que se refiere la fracción anterior, por compañías, jueces u otras autoridades de los Estados o de la Federación, con las cuales se hayan invadido y ocupado ilegalmente tierras, aguas y montes de los ejidos, terrenos de repartimiento o de cualquier otra clase, pertenecientes a los pueblos, rancherías, congregaciones o comunidades.

El contenido de la Ley Agraria del presidente Carranza, daba respuesta a los planteamientos del movimiento zapatista, quien demandaba la restitución de las tierras de las que habían sido despojados.

Para algunos historiadores don Venustiano Carranza supo rodearse de intelectuales, políticos y líderes sociales, que lograron elaborar un proyecto de nación, de gobierno y un programa de políticas económicas, sociales y políticas, que al llegar al Congreso Constituyente de 1917 en la ciudad de Querétaro, los diputados carrancistas podían aportar ideas, propuestas y argumentos convincentes de lo que debería ser el programa de gobierno emanado de la Revolución.

En el corto período de gobierno de don Venustiano Carranza supo integrar ideas y propuestas del Plan de San Luis Potosí de don Francisco I. Madero, lo mismo del movimiento campesino del general Emiliano Zapata del Plan de Ayutla y las demandas del general Francisco Villa y su división del Norte.

Para los estudiosos de la Revolución Mexicana, del Congreso Constituyente de 1917 y de las políticas sociales dirigidas al pueblo de México, el principal líder de la Revolución es, sin duda, don Venustiano Carranza, quien demostró en la práctica saber hacia dónde llevar al país, al gobierno y a la sociedad mexicana.

 

De los gobiernos emanados de la Revolución Mexicana, después del presidente Carranza, el presidente Lázaro Cárdenas supo orientar las políticas públicas del gobierno federal mexicano, hacia el pueblo, al mismo tiempo que incorporaba a las masas campesinas, obreras y populares a los órganos de gobierno y retornar hacia la sociedad los beneficios de una política social, económica, cultural, educativa y democrática.

La Ley Agraria promulgada en 1915, sentó las bases de la legislación agraria, que daría bases jurídicas al Congreso Constituyente de 1917, derivando el artículo 27 Constitucional que ha sido objeto de cambios sustanciales, en la legislación vigente de los derechos agrarios.



« Redacción »
Arturo Delgado Moya

Arturo Delgado Moya


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