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Opinión Editorial


La democracia participativa y la SCJN


Publicación:10-10-2020
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En una democracia son bienvenidas todas las voces a favor y en contra, lo cual, enriquece el debate público

El pasado jueves se llevó a cabo la sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver la revisión de la constitucionalidad de la materia de consulta popular número 1/2020. El debate fue un momento propicio para esbozar lo referente a la democracia participativa, pieza angular de una consulta popular y del artículo 35 Constitucional que consagra los derechos políticos de los ciudadanos.

En razón de lo anterior nos obliga a recapitular sobre la democracia participativa. Sin soslayar que la investigación de los delitos le incumbe al Ministerio Público (Art. 21 Constitucional). Los autores Aguiar de Luque y Sánchez Morón ilustran: "es a partir de los años setenta del siglo XX cuando, frente a una situación procedente de fines de la Segunda Guerra Mundial y caracterizada por reducir el ideal democrático a un método de gobierno en el que la participación se limita a designar a los gobernantes, surge un movimiento de reacción que busca dotar de contenido material al ideal democrático. Este movimiento hace de la participación su principal reivindicación bajo muy diversas perspectivas: ampliación de derechos civiles, asambleísmo, autogestión, etcétera, a partir de estos años, la participación se propugna como –en palabras de Habermas– un valor en sí mismo y se convierte en una verdadera ideología: la democracia participativa". (Alfredo Ramírez Nárdiz, Democracia participativa. La democracia participativa como profundización en la democracia, Valencia, Tirant lo Blanch, 2010, pp.122-123).

Otra definición señala que la democracia participativa consiste en una serie de instrumentos o mecanismos jurídicos —referendos, consultas populares, etcétera— cuya introducción con la voluntad de controlar mejor a los gobernantes, someterlos mediante dichos instrumentos de participación popular, a una mayor transparencia y a un control más severo por parte de los ciudadanos.

Ahora bien, en el citado debate democrático en el seno del Tribunal de mayor jerarquía de la Nación, los ministros expresaron sus puntos de vista cada uno de ellos muy valiosos y respetables, incluso frases quedaron para la historia de los debates como: "La justicia no se consulta" (Laynez), "No nos corresponde ser una puerta cerrada sino el puente que permita a todas las personas intervenir en las discusiones" (Zaldívar); además democráticamente votaron si la materia de consulta era constitucional.

Los ministros Zaldívar, Gutiérrez Ortiz Mena, Pérez Dayán, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa y Ríos Farjat a favor de la constitucionalidad y en contra Laynez Potisek, Franco Gonzáles-Salas, Pardo Rebolledo, Aguilar Morales y Piña Hernández. El resultado fue 6 votos a favor y 5 en contra.

A su vez la SCJN reformuló la pregunta para la consulta popular. El texto aprobado, por mayoría de ocho votos, es el siguiente: "¿Estás de acuerdo o no, en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?"

Terminada la sesión, no dejaron de expresarse las opiniones en redes sociales, unos en contra y otros a favor. La primera de ellas señalando que viola derechos humanos y que no es necesaria la consulta, así como el costo de la misma, mientras el resto indica que se trata de un ejercicio participativo sobre un derecho ciudadano. En una democracia son bienvenidas todas las voces a favor y en contra, lo cual, enriquece el debate público.

Además de la imperiosa necesidad de recapitular sobre la esencia democrática de la consulta popular, puedo advertir el hecho de que el ciudadano se ha indignado durante años por tanta impunidad y excesos de la clase gobernante. Para terminar, el presidente Andrés Manuel López Obrador propuso la petición de la consulta, la Suprema Corte de Justicia de la Nación la aprobó y modificó la pregunta; ahora se enviará al Senado y esperar que sea aprobada por mayoría simple de ambas cámaras del Congreso para que emitan la convocatoria y se turne al INE; al final el ciudadano le corresponderá ejercitar o no, su derecho a participar.

@UlrichRichterM



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