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Opinión Columna


Dirección política: tiempo del gobierno


Publicación:25-07-2019
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Y no el de la dirección política, que debe tomar el gobierno para tener sustentación.

La realización de las pasadas elecciones en Baja California en las que resultó electo como gobernador Jaime Bonilla (Morena), pone en un predicamento la actuación del nuevo régimen, no sólo porque la constitución de un pueblo no es ni puede ser sino la constitución de su gobierno: “Es el pueblo el que establece su gobierno” (Cfr. Charles Howard Mcilwain. Constitucionalismo Antiguo y Moderno). Los poderes comprendidos en el establecimiento público están sometidos a las leyes y a formas que no tienen derecho a cambiar. Dado que no han podido constituirse a sí mismos, no pueden tampoco cambiar su constitución. Pero al lado de esto, el mismo Mcilwain afirma que hay dos corrientes que se excluyen: por una parte, la que proclama que un acto de gobierno contrario a la constitución, es un acto de poder ilegítimo que debe sancionarse, y frente a esta, está la que admite un acto de gobierno en contra de la constitución, como un acto que simplemente no es bueno, y en cuya coyuntura el gobernante pareciera que tiene derechos facultativos sobre los particulares y tuviera un poder que no es el del pueblo.


Hacia finales del mes de mayo, Ricardo Peralta Saucedo (Subsecretario de Gobierno de la SEGOB) hizo gestiones para que Benjamín Gómez Macías (PRI-Presidente del Congreso de Baja California) persuadiera a sus compañeros legisladores para que a cambio de la entrega de un millón de dólares declararan el triunfo electoral del candidato, Jaime Bonilla como gobernador de Baja California -quien contendió por una administración de dos años-; pero en lugar de declararlo gobernador para una gestión estatal de dos años, el Legislativo lo designó para desempeñarse durante un término de cinco años. Lo cual, bajo la perspectiva de cualquier constitución, es contrario a las creencias políticas de la nación, porque como lo dice Emanuel-Joseph Sieyés:


“La nación que ejerce el mayor y el más importante de estos poderes debe estar libre, en esta función, de cualquier impedimento y de cualquier otra forma que no sea aquella que le plazca adoptar…cualquier cuerpo necesita ser organizado, limitado, y, por consiguiente, constituido. Dado que no han podido constituirse a sí mismos (los poderes), no pueden tampoco cambiar su constitución” (Las Declaraciones de los derechos del hombre de 1789, pp. 90-91. FCE, 1999).


Desde luego, lo sobresaliente de este proceso de inconformidad en gestación surgió acompañado del silencio de Ricardo Peralta, muy a destiempo por la presión de la opinión pública, y en cuyo contexto negó los hechos, bajo la cobija de que es maestro en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, como quien pretende adornarse con el brillo que dan los cargos académicos; pero, cuya negativa de la realidad de la intuición se impone en un plano inclinado de fuerzas que Álvaro Obregón popularizara: “Nadie aguanta un cañonazo de cincuenta mil pesos”. Ni para que escudriñar la postura aferrada al poder de Yeidckol Polensky (MORENA) que defiende la posición amañada de los negocios que cubre el Congreso local de Baja California; menos cuando la versión de Andrés Manuel López Obrador y de su signo de la tolerancia aduce un acuerdo legislativo por unanimidad; aunque lo cierto es que, tres diputados de Acción Nacional repudiaron el decreto porque se convocó en Playas Rosario, a dos horas de distancia de Mexicali, donde en realidad se encuentra el recinto oficial del Congreso del Estado para sesionar.


Desde otra perspectiva que pudiera expandirse por tornarse peligrosa la última decisión del Congreso de Baja California, en el sentido de rechazar el exhorto hecho por el Congreso de la Unión, para que el legislativo local anulara la reforma al artículo VIII del decreto emitido para extender el periodo inmediato de dos a cinco años, de Jaime Bonilla, aduciendo que esta exhortativa viola la soberanía de la entidad, sin reflexionar en que a ninguna ley o decreto puede dársele efecto retroactivo en perjuicio del pueblo, al que se le convocó a unas elecciones para igualar los comicios de manera simultánea con los municipios y de que sólo el pueblo tiene el derecho de establecer en la Constitución la formación y la organización internas de los diferentes poderes públicos, su necesaria correspondencia y su necesaria independencia. Para concluir, en analogía con McIlwain: “El acto por el cual el Parlamento inglés determinó que el periodo de cada legislatura sería de siete años muestra que no existe constitución…Con la misma autoridad podría haberse establecido un mayor número de años o la perpetuidad de su duración” (Ob. cit.).


En este sentido, nadie puede sustraerse al hecho de que privado de una auténtica representatividad por las características que acompañan al actual sistema de partidos, un gobierno como el de López Obrador que expresa la preferencia de una mayoría de electores cuando sufragan, nunca podrá seguirlo haciendo simplemente porque sus agentes sienten que no deben responder de sus acciones ante nadie. Y como acaba de ocurrir en Baja California, la reforma cuestionada congregó a una aplastante mayoría, con base en la pura distribución de puestos en el gobierno ya que la agenda del gobierno ahora se ocupa de las personalidades que están en el gobierno y nada tiene que ver con las expectativas de los electores. Al lado de estas circunstancias, es evidente que cuanto mayor es la fuente de legitimidad del poder de la negociación de las masas, inconformes con la continuidad de los gobiernos anteriores, hasta hoy, en virtud del círculo vicioso creado por su falta de contacto con los sectores de la población, y de que el asunto de la gestión pública se constriñe a la disputa de los que abandonan los cargos y los que quieren asumir el control de los negocios del gobierno. Y no el de la dirección política, que debe tomar el gobierno para tener sustentación.



« Redacción »
Carlos Ponzio


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