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Busca Morena reformas para permitir venta de avión presidencial


Publicación:05-02-2020
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Poseen algunas formalidades que retrasan el aprovechamiento de los recursos derivados por los procedimientos de venta.

México.- La bancada de Morena en la Cámara de Diputados enlistó ante el pleno una iniciativa de reformas que permitiría el sorteo del avión presidencial.

En la exposición de motivos a su propuesta de reforma al artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales y los artículos 31 y 38 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, los morenistas advirtieron que los procedimientos de venta que existen en la legislación vigente tardan demasiado tiempo en ser desahogados.

Además, poseen algunas formalidades que retrasan el aprovechamiento de los recursos derivados por los procedimientos de venta.

En el proyecto de decreto se proponen añadir “el sorteo” como un mecanismo para la enajenación de bienes que, por sus características, o por las condiciones de mercado no han podido ser enajenados a través de las formas previstas en la legislación vigente.

La bancada de Morena advirtió que en la actualidad existe una gran dificultad para que la federación enajene los bienes que han ingresado a su patrimonio.

Ello, por sus características especiales o condiciones generales que no son susceptibles de ser aprovechados o utilizados por las dependencias y entidades de la administración pública federal.

Además, los bienes que se transfieren al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado para su enajenación caracterizan por tener una diferente problemática jurídica y por su diversa naturaleza, situación que obliga a la utilización de diversas formas y procedimientos para trasmitir su propiedad.

La propuesta plantea reformar el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales para quedar:

“Salvo los casos comprendidos en los párrafos tercero y cuarto de este artículo, la venta se hará mediante licitación pública. De no lograrse la venta de los bienes a través del procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo evento, en los términos que señalen las normas generales que emita la Secretaría. También se podrá enajenar bienes por sorteo”.



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