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Avalan penas en Toluca por no usar cubrebocas

Avalan penas en Toluca por no usar cubrebocas


Publicación:09-07-2020
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El organismo explicó que las modificaciones buscan garantizar el derecho a la protección de la salud de la población frente al Covid-19

TOLUCA, Méx.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) respaldó las reformas del ayuntamiento de Toluca, Estado de México, al Bando Municipal para imponer sanciones, de forma gradual, primero apercibimiento, luego una multa de hasta 2 mil 66 pesos y el tercero es un arresto de 12 a 23 horas, contra quien no use cubrebocas en espacios públicos, tiendas departamentales y parques. El organismo explicó que las modificaciones buscan garantizar el derecho a la protección de la salud de la población frente al Covid-19, haciendo obligatorio su uso. Reconoció que las reformas fueron bajo una perspectiva de derechos humanos y con base en los parámetros de proporcionalidad, necesidad y legalidad. Además, recordó que el 26 de junio emitió la Recomendación General 2/2020 sobre el uso de cubrebocas para garantizar el derecho a la protección de la salud frente la propagación del virus, exponiendo los contextos de la pandemia y estableciendo que las acciones que adopten los poderes públicos para enfrentar la crisis sanitaria deben garantizar el disfrute de los derechos humanos. "Siendo las autoridades municipales responsables de verificar que las personas usen el cubrebocas de manera indefectible, este organismo defensor reitera su disposición de colaboración y asesoría en la implementación protocolos y demás instrumentos a que haya lugar, a fin de contribuir a la mitigación de la pandemia", señaló la Codhem. El organismo también emitió los Lineamientos Generales para la Elaboración de Protocolos de Actuación para los Elementos de Seguridad Pública del Estado de México, facultados para la verificación del uso obligatorio de cubrebocas con el objetivo de contribuir a que su desempeño sea con respeto irrestricto a los derechos humanos y priorice el diálogo por encima de la fuerza pública, que debe ser utilizada sólo en casos excepcionales y siempre en apego a la ley. Establece que en caso de que la persona repita la omisión después del exhorto y tras recibir sanción económica, será presentada ante el oficial calificador, quien valorará si procede o no el arresto administrativo. Entre otros puntos que consideran también la protección sanitaria es que recomienda que las autoridades locales eviten la aglomeración de personas sometidas a un arresto administrativo y garanticen las medidas de protección básicas contra el coronavirus para quienes estén confinadas en las galeras municipales.


« El Universal »